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Título : Oneto (Causa nº 52210)
Fecha: 15-dic-2022
Resumen : Una persona se apoderó ilegítimamente de Documentos Nacionales de Identidad de otras personas y los utilizó para obtener tarjetas de crédito, instrumentos que luego utilizó para realizar diversas compras. Descubiertas las maniobras, se inició una causa penal en su contra. En la etapa de juicio oral, la defensa aportó al expediente dos acuerdos conciliatorios entre la imputada y las víctimas. Estos acuerdos fueron negociados y celebrados con la intervención del Programa de Resolución de Conflictos de la Defensoría General de la Nación. Una vez cumplidos, la defensa de la imputada acompañó las constancias. Asimismo, solicitó que se declare la extinción de la acción penal en los términos del art. 59 del Código Penal (cfr. ley 27.147).
Decisión: El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 5 de San Martín declaró extinguida la acción penal por conciliación y sobreseyó parcialmente a la imputada.
Argumentos: Medidas alternativas de resolución de conflictos. Reparación. Consentimiento fiscal. Extinción de la acción penal. Sobreseimiento.
“[De] conformidad con lo dictaminado por el Sr. Fiscal General, fueron homologados por este Tribunal en el día de ayer por los argumentos allí vertidos –a los que me remito–, en el entendimiento de que tal solución alternativa al conflicto penal propuesta es la mejor forma para el restablecimiento de la armonía entre las partes y la paz social (art. 22 del Código Procesal Penal de la Nación) […] habiéndose acreditado el cumplimiento de las condiciones acordadas por las partes en el acuerdo conciliatorio, entiendo que corresponde declarar la extinción de la acción penal por conciliación (arts. 59 inc. 6° del CP. y 34, segundo párrafo del CPPF)…”. “Tal decisión encuentra fundamento en los principios de economía procesal y celeridad que, en aras de una más pronta y eficaz administración de justicia y [...] dan preferencia al arribo de una solución alternativa del conflicto propia del sistema acusatorio, que mejor se adecua al restablecimiento de la armonía entre las partes y a la paz social (conforme art. 22 del C.P.P.F.)”.
Tribunal : Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 5 de San Martín
Voces: CONSENTIMIENTO FISCAL
EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL
MEDIDAS ALTERNATIVAS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
REPARACIÓN
SOBRESEIMIENTO
Aparece en las colecciones: Jurisprudencia nacional

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