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Título : Arozarena, Nancy
Fecha: 21-may-2015
Resumen : El tribunal oral había dejado sin efecto la suspensión del juicio a prueba que se le concedió a la imputada por considerar que no cumplió con las reglas de conducta que se le fijaron. Ello, pese a que el Juzgado de Ejecución Penal había resuelto con anterioridad que las reglas en cuestión fueron observadas. La decisión del tribunal oral motivó la interposición de un recurso de casación.
Argumentos: La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar a la impugnación. Para resolver de este modo, la Sala IV entendió que el tribunal oral no se encontraba facultado para expedirse sobre una cuestión que le resultaba ajena a su competencia. En efecto, la cuestión ya había sido resuelta favorablemente por el juez de Ejecución Penal contando, además, con la conformidad del fiscal, que tampoco cuestionó la decisión. La Cámara agregó que no sólo resultaría una superposición innecesaria de competencias establecer que dos tribunales judiciales verifiquen -sucesivamente- el cumplimiento de las pautas establecidas en el marco de la probation, sino que incluso resultaría incongruente afirmar que el sistema legal admite la posibilidad de pronunciamientos judiciales contradictorios en torno a una misma circunstancia. Por otra parte, los magistrados de la Sala IV sostuvieron que se configuró un supuesto de nulidad por extralimitación jurisdiccional debido a que el tribunal no contaba con la capacidad para pronunciarse sobre la cuestión, afectándose las garantías constitucionales del debido proceso y defensa en juicio de la imputada.
Tribunal : Cámara Federal de Casación Penal, Sala IV
Voces: SUSPENSIÓN DEL JUICIO A PRUEBA
DEBIDO PROCESO
COSA JUZGADA
DERECHO DE DEFENSA
Link de descarga: https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/Arozarena, Nancy.pdf
Aparece en las colecciones: Jurisprudencia nacional

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