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Título : Vergara, Carlos Martin c. Superior Gobierno de la Provincia de Córdoba
Fecha: 21-abr-2015
Resumen : En este caso, los actores -hijos del causante, uno de ellos mayor de edad y dos hijas menores de edad- reclamaron un pago único reparatorio, con sustento en la Ley de riesgos del trabajo N° 24.557, en razón del siniestro in itinere en el que falleció su padre -agente policial de la provincia de Córdoba-, en el trayecto de su casa al destino donde debía prestar servicios. El juez de grado rechazó la demanda por falta de prueba. Contra dicha decisión, los actores interpusieron el recurso de casación con fundamento en que la parte demandada no cumplió con la aplicación de la Ley de riesgos del trabajo, en tanto no dictó acto alguno para ingresar a su régimen -como asegurado o autoasegurado-, con lo que adoptó una postura irregular que obliga a los empleados de la provincia a iniciar un trámite sui generis para instar las prestaciones del sistema. También indicaron que dicho expediente fue extraviado por el Estado provincial quien alegó ese extremo como defensa para eximirse de responsabilidad. La sala laboral del Tribunal Superior de Justicia provincial declaró inadmisible el recurso con base en que no se había acreditado el momento del siniestro y su modalidad. Asimismo, dicho Tribunal dispuso la suspensión del juicio en razón del deceso del abogado de la parte actora, el cese de la intervención del representante pupilar -por haber adquirido la mayoría de edad la más joven de las hijas- y ordenó la presentación de los actores. Éstos interpusieron el recurso federal que fue denegado y dio lugar a la interposición del recurso de queja.
Argumentos: La Corte Suprema de Justicia de la Nación (con el voto de los ministros Highton de Nolasco, Fayt, Lorenzetti y Maqueda) hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada. En consecuencia, ordenó que se remita el expediente al tribunal de origen para que expida un nuevo fallo con arreglo a lo indicado. Para ello, el máximo tribunal hizo suyos los fundamentos planteados por el Procurador Fiscal. El Procurador Fiscal sostuvo que "...resulta relevante para la apertura de la vía del artículo 14 de la ley 48, que el a quo no brindó una respuesta adecuada a las cuestiones propuestas en el remedio casatorio, ceñidas, finalmente, a la vulneración de las garantías del artículo 18 de la Constitución Nacional, como resultado de un desacertado abordaje probatorio verificado por la cámara". En este sentido, señaló que "...[n]o obstante que, en principio, el tema remite al estudio de extremos fácticos y de derecho común y procesal, ajenos al artículo 14 de la ley 48, tal circunstancia no constituye óbice para la apertura de la instancia cuando la decisión recurrida prescinde de dar un tratamiento a la controversia, de acuerdo con las constancias de la causa, y se ampara en afirmaciones dogmáticas que le dan un sustento aparente". En cuanto a los agravios de la parte actora, el Procurador Fiscal consideró que "...como lo puntualizó el propio juzgador, obra admitida por ambas partes la aplicación, al ámbito del personal policial de la provincia, de la Ley de riesgos del trabajo [...] En consecuencia, la patronal, como también adujo el magistrado, asumió la responsabilidad por la omisión de contratar una cobertura con una aseguradora de riesgos del trabajo o de autoasegurarse y debe cumplir con las obligaciones que la ley pone a cargo de las compañías de seguro (cfr. arts. 2, 1a; 6.1,28.1 y 30, LRT)". Además, el Procurador entendió que "...no cabe admitir que quien se encuentra en mejor posición probatoria, pues tiene la custodia del expediente donde obraban las actuaciones labradas como consecuencia del accidente fatal, pretenda eximirse de responsabilidad so pretexto de que su búsqueda ´... arrojó resultados negativos no pudiéndose localizar el expediente de marras´".
Tribunal : Corte Suprema de Justicia de la Nación
Voces: ACCIDENTES IN ITINERE
FALLECIMIENTO DEL TRABAJADOR
RIESGOS DEL TRABAJO
SENTENCIA ARBITRARIA
Jurisprudencia relacionada: https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=Vergara Carlos Martín c. Superior Gobierno de la Provincia de Córdoba (dictamen PGN)
Link de descarga: https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/Vergara, Carlos Martin c. Superior Gobierno de la Provincia de Córdoba.pdf
Aparece en las colecciones: Jurisprudencia nacional

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