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https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/374
Título : | RLLA |
Fecha: | 9-jun-2015 |
Resumen : | Una persona había sido imputada por la comisión de un delito contra la propiedad. La defensa solicitó la suspensión del juicio a prueba. Durante la audiencia, el fiscal se opuso a su concesión. A tal fin, argumentó que el hecho de que el imputado se encontrara implicado en otro proceso penal, su calidad de indocumentado, que carecía de domicilio y que había sido declarado rebelde con anterioridad, obstaban a la concesión del instituto. El Tribunal Oral rechazó la solicitud de la defensa. Contra esta decisión, se interpuso un recurso de casación. |
Argumentos: | La Sala 3 de la CNCCC hizo lugar a la impugnación y concedió la probation. “[S]e reputa inaceptable que una decisión adversa del fiscal actuante […] pueda erigirse como una pretensión legal de obligatoriedad de juzgamiento, lo que produciría un indebido desplazamiento de la potestad jurisdiccional hacia el fiscal, acompañado por el abandono correlativo del control judicial de legalidad, en desmedro de los derechos del imputado. [D]icho control de legalidad debe existir, para evitar que una negativa que no se funde en la concreta inexistencia de los recaudos que habilitan la promoción del instituto obstruya la operatividad de un mecanismo simplificador del proceso de probada eficiencia. [...] Este reparo a la concesión del procedimiento que regula el art. 76 bis CP no puede ser considerado vinculante, en tanto resulta claramente huérfano de sustento legal” (voto del juez Niño al que adhirió la jueza Garrigós de Rébori). “[L]a opinión del representante fiscal sólo reunirá la condición normativa de una fundamentación razonable en la medida en que atienda, de modo ineludible, al menos, al orden de razones en los que la ley sustenta a la suspensión del juicio a prueba, esto es, relativa levedad del hecho ilícito atribuido y circunstancias que permitan conjeturar que el imputado mantendrá un comportamiento ajustado a derecho. […] El tratamiento de los virtuales impedimentos señalados en los puntos d) y e) del libelo presentado por la fiscalía y sostenida ante estos estrados, centrados en la calidad de indocumentado del imputado, el hecho de carecer de domicilio fijo y la circunstancia de haber sido declarado rebelde; han sido correctamente aclarados y rebatidos por la defensa oficial” (voto del juez Magariños). |
Tribunal : | Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, Sala III |
Voces: | SUSPENSIÓN DEL JUICIO A PRUEBA OPOSICIÓN FISCAL REBELDÍA DOMICILIO DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD |
Link de descarga: | https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/RLLA.pdf |
Aparece en las colecciones: | Jurisprudencia nacional |
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