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https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/2997
Título : | Barone (causa Nº 61822) |
Fecha: | 29-jun-2020 |
Resumen : | Una mujer con discapacidad motriz (encefalopatía crónica no evolutiva con diparesia espástica) concurrió a un restaurant. El lugar no tenía rampa de acceso, carecía de baños adaptados para personas con discapacidad y los sanitarios se encontraban en el primer piso del local. Por ese motivo, la mujer interpuso una acción de amparo contra el establecimiento con el objeto de que implementasen, con carácter urgente, medidas para garantizar la accesibilidad adecuada de personas con discapacidad motriz. El juzgado hizo lugar a la acción. Contra esa decisión, la parte demandada interpuso un recurso de apelación. Entre sus agravios expresó que no contaba con las adaptaciones solicitadas porque se encontraba exceptuado de conformidad con la normativa de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. |
Argumentos: | La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia apelada y exhortó al juez de primera instancia para que adaptase los plazos de condena por la emergencia sanitaria decretada (jueza Guisado y juez Rodriguez). 1. Personas con discapacidad. Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Accesibilidad. “[L]a discapacidad asume un sentido multidimensional referido a la interacción de la persona y su entorno físico y social, o entre las características de salud y los factores contextuales. Es un fenómeno social que requiere básicamente la consideración de la integración de la persona en el contexto social. Y para ello se requiere el respeto integral de la persona y ello a fin de superar las vallas que se oponen a ese proceso de integración. La ofensa mantendrá conexiones con los variados obstáculos que incidirán sobre sus derechos personales, los que a su vez estarán muchas veces vinculados a la posibilidad de alcanzar una vida independiente y en plena igualdad, posibilitando un entorno familiar y social adecuado…”. “En nuestro ordenamiento los Derechos Humanos forman parte de un derecho positivo supranacional, algunos consagrados por documentos internacionales con jerarquía constitucional (art. 75 inc. 22, CN) y otros aprobados por ley interna, formando parte del ordenamiento jurídico nacional. Cabe destacar de forma particular la ley 22.431 […] que establece un sistema de protección integral de [las personas con discapacidad], y que el juez analizó detalladamente, sobre todo los conceptos más relevantes de `accesibilidad´, `barreras físicas urbanas´, `barreras arquitectónicas´. [L]a Organización de Naciones Unidas promulgó la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD). Este documento entró en vigor en mayo de 2008 e introdujo una nueva perspectiva en el modo de abordar la discapacidad […] pues establece el derecho a una vida independiente, en igualdad de condiciones con respecto a los demás, adecuándose el entorno a su situación y debiéndose tener en cuenta sus necesidades (conf. art. 19 y concs. de la Convención aprobada por Ley 26.378). Por último, el nuevo Código Civil y Comercial recuerda que la interpretación de éste debe ser conforme con la Constitución Nacional y los tratados sobre derechos humanos (arts. 1º y 2º del Cód. Civil y Comercial)”. “[L]a decisión [apelada se apoyó] en la Constitución Nacional que prevé la adopción de medidas de acción positiva destinadas a garantizar a las personas con discapacidad la igualdad de oportunidades y de trato y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por ella y por los tratados internacionales vigentes sobre derechos humanos (artículo 75, inc. 23 norma que, si bien está dirigida al Congreso Nacional, tiene indudable proyección sistémica) y la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en cuyo territorio se ubica el local en cuestión (art. 42 entre otros)”. |
Tribunal : | Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala I |
Voces: | PERSONAS CON DISCAPACIDAD CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD ACCESIBILIDAD |
Jurisprudencia relacionada: | https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=BDTE (causa Nº 9375) https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query= ARM (causa Nº 9127) https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query= Consejo de la Magistratura (causa Nº 9739) https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query= FGD (causa Nº 769846) (CAyT) https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query= Fundación Acceso Ya (Causa N° 85682) |
Link de descarga: | https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/Barone (causa Nº 61822).pdf |
Aparece en las colecciones: | Jurisprudencia nacional |
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