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Título : Piombi, Hugo Gerardo
Fecha: 25-feb-2015
Resumen : La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso de casación deducido por la parte querellante y confirmó la absolución dispuesta en favor del imputado por la comisión del delito de calumnias.
Argumentos: La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso de casación deducido por la parte querellante y confirmó la absolución dispuesta en favor del imputado por la comisión del delito de calumnias. La Cámara fundó su decisión en que “[n]o se advierten en el pronunciamiento puesto en crisis las contradicciones que el recurrente alega en su líbelo casatorio. Por el contrario, el juez fundadamente ha dejado sentado que si bien no se cuenta con elementos para absolver al imputado libremente por el hecho por el que fue acusado, el estado de duda existente a partir de la imposibilidad de aclarar algunas de las circunstancias del caso y la falta de acreditación de la existencia del dolo requerido para la figura penal en cuestión, determinaban la absolución por el imperativo del art. 3 del CPPN”. Adicionalmente, la querella había alegado que el juez correccional avanzó sobre lo decidido en una causa anterior y afectó, con ello, la cosa juzgada. Sin perjuicio de ello, los magistrados rechazaron esa impugnación en atención a que el hecho que la querella consideró constitutivo del delito de calumnias fue, justamente, la promoción de la acción en aquel proceso. A su turno, el juez Cabral, en disidencia, sostuvo que el recurso debía ser considerado inadmisible. A tal efecto, sostuvo: “…el recurrente pretende someter a revisión, cuestiones de hecho y prueba que no están comprendidas en ninguno de los motivos del art. 456 C.P.P.N. […] Esto es así porque lo que discute la querella es la fundamentación de la resolución impugnada en punto a la acreditación de los hechos que constituirían la conducta que requieren los tipos penales en los que subsumió la conducta imputada”. En relación con ello, el voto disidente agregó: “…los obstáculos de admisibilidad del recurso no pueden ser superados por la doctrina establecida por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso “Casal” (Fallos 328:3399) que impone el esfuerzo por revisar todo lo que sea susceptible de revisar, o sea de agotar la revisión de lo revisable […], pues esa doctrina, elaborada respecto de casos en que se trataba de la primera pretensión recursiva del condenado contra una sentencia de condena, no se extiende también al caso en el que se trata del acusador particular que recurre la absolución”.
Tribunal : Cámara Federal de Casación Penal, Sala I
Voces: COSA JUZGADA
PRINCIPIO DE INOCENCIA
QUERELLA
RECURSO DE CASACIÓN
Jurisprudencia relacionada: https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=Gallego (Reg. N° 78 y causa Nº 52509)
Link de descarga: https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/Piombi, Hugo Gerardo.pdf
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