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Título : Flores (causa N°  2371)
Fecha: 1-jul-2020
Resumen : Una persona con asma se encontraba detenida en prisión preventiva. La defensa había solicitado su excarcelación y, en subsidio, su incorporación a la modalidad domiciliaria de la detención. El tribunal rechazó la solicitud. La Sala I de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional confirmó la decisión. Entre sus argumentos, sostuvo que no se había constatado el domicilio en el que hubiera cumplido la detención. Ante una nueva solicitud de la defensa para que se le concediera el arresto domiciliario, el Cuerpo Médico Forense informó que la persona se hallaba compensada y su situación era leve. A su vez, le sugirió determinada medicación y señaló que el tratamiento se podía realizar intramuros. Entonces, el tribunal rechazó el pedido. Para decidir de ese modo, señaló que lo solicitado no encuadraba en ninguna de las causales contempladas en los arts. 10 del Código Penal y 32 y 33 de la ley N° 24.660 para la concesión del instituto requerido. Asimismo, consideró que no habían variado las razones invocadas en su intervención previa. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre sus argumentos, señaló que el tribunal se había apartado de lo establecido en los arts. 2, 210 y 221 del Código Procesal Penal Federal y que, hasta el momento, su asistido no había recibido la medicación indicada por el Cuerpo Médico Forense.
Argumentos: 1. Prisión preventiva. Prisión domiciliaria. Código Procesal Penal. Reforma legal. “[E]l tribunal ha afirmado que no existe –por el momento– una medida alternativa al encierro que permita garantizar la sujeción de Flores al proceso, pero no ha brindado argumentos para fundamentar tal determinación, sino que únicamente se remitió a lo expuesto en una decisión anterior en la que se denegó la excarcelación. [T]al como lo sostuvo la parte recurrente, el caso no fue analizado conforme la normativa prevista en el art. 210, CPPF. Por otra parte, dado que el a quo hizo mención a la confirmación de un anterior pedido de prisión domiciliaria por parte del superior; cabe destacar que una de las razones por las que la Sala I de esta Cámara confirmó la decisión, tuvo que ver con que de las constancias de la causa no surgía la presencia de un domicilio constatado en el que Flores pudiera cumplir la prisión domiciliaria, siendo éste un requisito indispensable para el otorgamiento del instituto”.
Tribunal : Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, Sala II
Voces: PRISIÓN PREVENTIVA
PRISIÓN DOMICILIARIA
CÓDIGO PROCESAL PENAL
REFORMA LEGAL
Jurisprudencia relacionada: https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=Silva (causa N° 1081)
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query= Bravo Paez (causa N° 243)
Link de descarga: https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/Flores (causa N°  2371).pdf
Aparece en las colecciones: Jurisprudencia nacional

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