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Título : Bustos (reg. N° 1026 y causa N° 81432)
Fecha: 22-may-2020
Resumen : Un joven registraba antecedentes penales cuyas penas habían vencido y un alias. En noviembre del 2019 fue detenido e imputado por el delito de robo con armas en grado de tentativa. Al momento de su detención aportó sus datos de manera correcta. Frente a la situación de emergencia sanitaria y carcelaria, la defensa solicitó que se le concediera la excarcelación. En ese sentido, sostuvo que su asistido podía vivir con su madre y sus cuatro hermanos. El representante del Ministerio Público Fiscal se expidió de manera negativa y sostuvo que el imputado registraba un alias y que, de recuperar su libertad, existía el riesgo de que intimidara a la persona damnificada. El Tribunal Oral rechazó el pedido. Para decidir de esa manera tuvo en cuenta la calificación legal del hecho imputado y su escala penal. Además explicó que, a raíz de sus antecedentes, en caso de ser condenado la pena no podía ser dejada en suspenso y sería declarado reincidente. Por último, expuso que el joven no pertenecía a ningún grupo de riesgo frente al virus del COVID-19. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, señaló que el tribunal había efectuado un pronóstico de conducta futura que implicaba un adelanto de pena y violaba el principio de inocencia. Asimismo, agregó que el delito no había sido violento y que no había habido denuncias en su contra por parte del damnificado luego de iniciadas las actuaciones.
Argumentos: La Sala II de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, por mayoría, hizo lugar a la impugnación, anuló la decisión recurrida y concedió la excarcelación al imputado bajo la prohibición de todo tipo de acercamiento o contacto con el damnificado (jueces Morín y Sarrabayrouse). 1. Prisión preventiva. Antecedentes penales. Reincidencia. Pena. Arraigo. “[S]i bien [el imputado] en el caso que resultara condenado en esta causa podría afrontar una pena de prisión de efectivo cumplimiento, a lo que debería sumarse su declaración de reincidencia, lo cierto es que conforme surge de la certificación actuarial obrante en autos, las penas oportunamente impuestas al nombrado ya se encuentran vencidas. De igual manera, si bien registra un alias, en estas actuaciones se ha identificado correctamente. [L]a defensa afirma que […] reside junto a sus cuatro hermanos y su madre, con quienes mantiene una relación familiar, afirmación que no ha merecido ninguna observación ni en el dictamen de la fiscalía ni en la resolución recurrida. También […] se encuentra detenido desde el 4 de noviembre de 2019,  es decir, lleva al momento actual más de seis meses en prisión preventiva. En cuanto a la persona que sería la víctima del hecho, pese a las notificaciones entabladas desde esta Cámara, no fue posible conocer su opinión”. 2. Riesgos procesales. Excarcelación. Caución. Víctima. Código Procesal Penal. Reforma legal. “[L]os riesgos procesales derivados de la pena en expectativa y una posible intimidación a la víctima pueden ser suficientemente neutralizados mediante la imposición de una caución real, cuyo monto deberá fijar el a quo; y la prohibición de todo tipo de acercamiento y contacto con el damnificado de acuerdo con las reglas de los arts. 320, 324, CPPN, y 210, CPPF; sin perjuicio de las restantes medidas que el tribunal interviniente crea conveniente fijar, para garantizar la sujeción [del imputado] al proceso en virtud de lo dispuesto por los arts. 310, CPPN y 210, CPPF…”. 3. Emergencia sanitaria. Excarcelación. “[L]a concesión de la libertad debe efectivizarse previa suscripción del acta compromisoria por parte del [imputado], en la que se comprometa a cumplir las medidas de aislamiento vigentes, dispuestas por la autoridad sanitaria nacional, como así también las que puedan dictarse con posterioridad. Además, se hace saber que deberá cumplirse con la adopción por parte del Servicio Penitenciario Federal de todas las medidas tendientes a reducir las posibilidades de que el COVID19 se extienda desde el contexto penitenciario a la comunidad (según la guía de actuación para la prevención y control de esa enfermedad elaborado por ese organismo) y las demás pautas aplicables al caso emanadas de la autoridad sanitaria “.
Tribunal : Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, Sala II
Voces: PRISIÓN PREVENTIVA
ANTECEDENTES PENALES
REINCIDENCIA
PENA
ARRAIGO
RIESGOS PROCESALES
EXCARCELACIÓN
CAUCIÓN
VICTIMA
CÓDIGO PROCESAL PENAL
REFORMA LEGAL
EMERGENCIA SANITARIA
Jurisprudencia relacionada: https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=Diez (causa nº 38433)
Link de descarga: https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/Bustos (reg. N° 1026 y causa N° 81432).pdf
Aparece en las colecciones: Jurisprudencia nacional

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