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Título : Macaroff (causa N° 6556)
Fecha: 4-may-2020
Resumen : Una mujer se encontraba detenida bajo el régimen prisión preventiva en la Unidad 13 de Santa Rosa, imputada por el delito de trata de personas agravado por haber sido cometido en perjuicio de niños, niñas y adolescentes, en concurso real con el delito de reducción a servidumbre de sus hijos menores de edad y la figura de amenazas. La mujer era madre de cuatro niños que desde su detención se encontraban al cuidado de su hermana en la ciudad de Bahía Blanca. Luego fueron trasladados al domicilio de la señora F. en Santa Rosa. La imputada solicitó que se le concediera la prisión domiciliaria. El tribunal requirió la elaboración de diversos informes. La Defensoría de Niños, Niñas y Adolescentes de Santa Rosa informó que los hijos de la imputada se encontraban en un estado de vulnerabilidad absoluta y señaló que la señora F. no estaba en condiciones de responsabilizarse de su cuidado. Por otro lado, la defensoría actuante en representación de los niños sostuvo que su asistencia era compleja y que era recomendable que se le concediera la prisión domiciliaria a la imputada. A su vez, el Servicio de Protección de los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes de Bahía Blanca señaló que los niños tenían un vínculo estrecho con su madre, que deseaban estar más cerca suyo y que por ese motivo habían sido trasladados a la ciudad de Santa Rosa.  Por su parte, la fiscalía se opuso a la concesión de la medida. En particular, tuvo en consideración la gravedad de los hechos imputados y señaló que habían sido cometidos en perjuicio de sus hijos y miembros de su familia. En ese sentido, indicó que la mujer podía afectar el testimonio de las víctimas de la investigación y obstaculizar el proceso.
Argumentos: El Tribunal Oral Federal de Bahía Blanca, de manera unipersonal, concedió la prisión domiciliaria a la imputada (juez Aguerrido). 1. Niños, niñas y adolescentes. Interés superior del niño. Informes. Familia. Vulnerabilidad. “[E]l acusador pu?blico nada dijo sobre los numerosos informes que valoran la dimensión del vínculo materno filial y sobre las necesidades e implicancias que derivan de esa relacio?n en la primera edad de las nin?as y nin?os. Obran agregados una pluralidad de dicta?menes de profesionales que dan cuenta de la conveniencia de que la sen?ora Macaroff se reu?na con sus hijos y profundice el vi?nculo materno filial…”. “De los informes se desprende un tra?nsito de los nin?os desde la ciudad de Bahi?a Blanca hacia la ciudad de Santa Rosa, y viceversa, modifica?ndose constantemente sus cuidadores, quedando en ocasiones al cuidado de personas cuya aptitud distan de ser las ideales, reproducie?ndose situaciones de inestabilidad y victimizacio?n secundaria”. “En suma, la totalidad de la informacio?n que […] proviene de los especialistas te?cnicos, versa sobre la vulnerabilidad que aqueja al grupo familiar, y los equipos interdisciplinarios referidos son contestes en ofrecer propuestas que faciliten encuentros entre los nin?os y su madre, a rai?z de una distancia entre ellos que sin dudas se encuentra en la actualidad agravada dada la suspensio?n de los espacios terape?uticos y las visitas a la unidad penitenciaria producto de la situacio?n pande?mica atravesada. La concesio?n de la medida puesta en examen, se exhibe como el primer paso tendiente a reorganizar la vida familiar y paliar la difi?cil situacio?n descripta”. 2. Emergencia sanitaria. Cárceles. Hacinamiento. Género. “En otra li?nea de ana?lisis, relativa a la situacio?n de emergencia sanitaria actual, si bien la salud –al menos la fi?sica¬ de la imputada- no hace integrante de la poblacio?n de riesgo, existen numerosas recomendaciones en la regio?n que orientan a explorar medidas de morigeracio?n del encierro penitenciario por integrar el no menos vulnerable colectivo de mujeres con hijos en su primera edad. Asi?, es dable mencionar que la Comisio?n Interamericana de Derechos Humanos dicto? el 10 de abril de 2020 la Resolucio?n No. 1/2020,por medio de la cual recomendo? a los gobiernos de los Estados miembros, con relacio?n a las personas privadas de la libertad, ´...45. Adoptar medidas para enfrentar el hacinamiento de las unidades de privacio?n de la libertad…´. A todo evento, la Ca?mara Federal de Casacio?n Penal mediante acordada 9/20, motivada por la coyuntura pande?mica atravesada y la situacio?n de hacinamiento y otras gravi?simas carencias estructurales consabidas de los establecimientos carcelarios, dispuso ´...Recomendar a los tribunales de la jurisdiccio?n que adopten medidas alternativas al encierro…´”. 3. Prisión preventiva. Riesgos procesales. Principio de inocencia. “[No se comparte] lo manifestado por el sr. Fiscal en el sentido de que […] se encuentra elevada a juicio justamente por hechos que se le enrostran con relacio?n a miembros de su familia, todo lo cual arrojari?a que resultan evidentes los peligros procesales que conllevari?a el hecho de que las eventuales vi?ctimas de los delitos convivan con su victimaria, lo cual […] generari?a una sospecha grave de intento de obstaculizacio?n de la averiguacio?n de la verdad, habida cuenta del dominio ejercido […] sobre las vi?ctimas –cuyos testimonios son piezas claves del proceso-. La pretensio?n de la acusacio?n de mantener vigente el encierro cautelar con base en dichos argumentos, importa sin dudas alterar la naturaleza misma de la detencio?n preventiva en pena anticipada, trato que no se compadece con los postulados y principios de un estado de derecho. Sera? el debate el a?mbito donde en forma oral, pu?blica y con plena posibilidad de contradiccio?n cada una de las partes en paridad de oportunidades podra? hacer valer sus pretensiones y derechos por ante el tribunal. Las imputaciones en una persona que no ha tenido su juicio –debate oral que tampoco puede pronosticarse como de pronta realizacio?n– no alteran su estado juri?dico de inocencia…”. 4. Prisión domiciliaria. Familia. Principio de intrascendencia de la pena. Interés superior del niño. “En esta etapa preparatoria del juicio, no podemos formarnos ningu?n juicio sobre las hipo?tesis fa?cticas e intervenciones de la acusada, teniendo como datos objetivos el agotamiento de la investigacio?n preliminar, la condicio?n de mujer y madre de la encartada, la emergencia penitenciaria y sanitaria declaradas y las recomendaciones vigentes nacionales e internacionales que favorecen en supuestos como los de ana?lisis la morigeracio?n de la prisio?n preventiva”. “[E]l pedido de arresto domiciliario peticionado […] beneficiara? a una mejor organizacio?n familiar y resultara? una medida que restablecera? los vi?nculos parentales, los que se vera?n fortalecidos con la morigeracio?n del encierro carcelario”. “[E]l re?gimen de detencio?n domiciliaria resulta una opcio?n va?lida. [El] art. 32 de la Ley 24.660 […] debe ser ponderado junto con los preceptos con jerarqui?a constitucional incorporados a nuestra Carta Magna […], especi?ficamente, el principio rector del ´intere?s superior del nin?o´ contenido en el arti?culo 3.1 de la Convencio?n sobre los derechos del nin?o”. “[S]e encuentra en juego –por aplicacio?n extensiva a esta etapa de privacio?n preventiva de la libertad sin sentencia de condena– la interpretacio?n y vigencia del principio de intrascendencia de la pena […]. Al evaluar esta tensio?n de derechos obrante en autos, [se observa] por un lado los conocidos intereses de la sociedad de perseguir los presuntos ili?citos con el fin de esclarecer su comisio?n, y eventualmente de ejecutar las penas impuestas con el fin de resocializar, y por el otro aquel principio de intrascendencia de la pena […]. En aras de respetar esa previsio?n internacional y comulgar los intereses en juego, […] corresponde recurrir a esta alternativa al encierro, haciendo lugar a la concesio?n de una medida que tiende a tutelar ambos extremos: aquel en que se ubica la sociedad y acabadamente descripto, y el conformado por las necesidades de los nin?os y el nu?cleo familiar”.
Tribunal : Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca
Voces: NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO
INFORMES
FAMILIAS
VULNERABILIDAD
EMERGENCIA SANITARIA
CÁRCELES
HACINAMIENTO
GÉNERO
PRISIÓN PREVENTIVA
RIESGOS PROCESALES
PRINCIPIO DE INOCENCIA
PRISIÓN DOMICILIARIA
PRINCIPIO DE INTRASCENDENCIA DE LA PENA
Jurisprudencia relacionada: https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=Gamarra (causa N° 5606)
Link de descarga: https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/Macaroff (causa N° 6556).pdf
Aparece en las colecciones: Jurisprudencia nacional

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