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Título : Ochoa Atuncar (Causa Nº 86363)
Fecha: 19-mar-2019
Resumen : La señora Ochoa Antucar, de nacionalidad peruana, fue condenada por el delito de tráfico de estupefacientes, en su modalidad de comercialización, y tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, agravado por haber sido cometido con la intervención de tres o más personas en forma organizada y como coautora del delito de transporte de estupefacientes. Con posterioridad, la Dirección Nacional de Migraciones declaró irregular su permanencia en el país y ordenó su expulsión. Agotada la vía administrativa, su defensa interpuso un recurso judicial. El juzgado de primera instancia rechazó el planteo. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación”.
Argumentos: La Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal hizo lugar al recurso, revocó la resolución apelada y dejó sin efecto los actos administrativos impugnados (voto de los jueces Alemany, Gallegos Fedriani y Treacy). “En el caso, cabe destacar que las disposiciones atacadas dictadas por la Dirección Nacional de Migraciones, al declarar irregular la permanencia de la actora y ordenar su expulsión del territorio nacional, la autoridad administrativa se limitó a señalar que aquel había incurrido en una causal objetiva que impedía su permanencia […]. Sin embargo, el organismo demandado no consideró la reunificación familiar invocada…”.
Tribunal : Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala I
Voces: EXPULSIÓN DE EXTRANJEROS
MIGRANTES
ANTECEDENTES CONDENATORIOS
ACTOS ADMINISTRATIVOS
MOTIVACIÓN
DERECHO A LA REUNIFICACIÓN FAMILIAR
Link de descarga: https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/Ochoa Atuncar (Causa Nº 86363).pdf
Aparece en las colecciones: Jurisprudencia nacional

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