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Título : CVG (causa N° 81189)
Fecha: 28-nov-2019
Resumen : Un hombre había sido condenado a la pena única de cinco años y seis meses de prisión. La pena venció en mayo de 2017. En 2019 fue detenido e imputado por el delito de hurto en grado de tentativa. Al momento de su aprehensión, se identificó de manera correcta. Su defensa solicitó su excarcelación. El hombre tenía un hijo y aportó un domicilio en el que podía residir junto a él, su esposa, padre y hermanos. El juzgado rechazó el planteo. Para decidir de ese modo, consideró que el antecedente condenatorio y el nuevo hecho demostraban “una conducta desaprensiva de las obligaciones inherentes al proceso y al ordenamiento legal”. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. En su presentación la defensa sostuvo que el delito imputado a su asistido contaba con una penalidad que permitía la concesión de la excarcelación. En tal sentido, señaló que el antecedente condenatorio que registraba no constituía criterio suficiente para inferir que, en caso de recuperar su libertad, intentaría eludir el accionar de la justicia. Por último, indicó que el hombre había aportado un domicilio donde podía residir junto a su familia y concluyó que la mantención de la medida cautelar resultaba desproporcionada frente al hecho reprochado.
Argumentos: La Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional revocó la resolución impugnada y concedió la excarcelación bajo una caución real de diez mil pesos (jueces González y Rodríguez Varela). 1. Excarcelación. Riesgos procesales. Reforma legal. Código Procesal Penal. “[A]bordando en primer lugar los diversos modelos, ahora expresos en el artículo 221 del CPPF, de presunciones vinculadas con el peligro de fuga, cabe señalar: En arreglo al artículo 221, inciso ‘a’, del CPPF, el prevenido aportó su domicilio, el que fue debidamente constatado y en el cual reside junto a su esposa, su progenitor y sus hermanos, y tiene un hijo menor, lo cual revela que posee un arraigo cierto y contención familiar”. “En arreglo al artículo 221, inciso ‘b’ del CPPF, se valora que la escala penal prevista para el delito por el cual se procesó a C. (hurto simple en grado de tentativa […]) permite adecuar su situación a la primera hipótesis del artículo 316, segundo párrafo, al que alude el 317, inciso 1°, ambos del ordenamiento adjetivo”. 2. Antecedentes condenatorios. Riesgos procesales. “Asimismo, el prevenido registra dos condenas […], la más reciente […] venció [en] mayo de 2017 […], por lo que no será pasible de ser unificada con la que eventualmente recaiga en las presentes actuaciones. Sin embargo, impedirá que el cumplimiento de esta última quede en suspenso y determinará su declaración como reincidente, lo que constituyen pautas a valorar negativamente en función al riesgo procesal de fuga. Se suma a ello, la escasa gravedad del hecho que se investiga y la ausencia de violencia desplegada contra la víctima”. “En arreglo al artículo 221, inciso ‘c’, se valora que el imputado fue veraz al comunicar sus datos personales al momento de su detención, que no posee otros procesos en trámite y no ha sido declarado rebelde. En relación a las presunciones de peligro de entorpecimiento sobre las que el artículo 222 del CPPF proporciona modelos de fundamentación, cabe señalar la simplicidad de la investigación […]. El juicio de presunciones antes realizado, que encuentra también su correlato en las previsiones del artículo 319 del CPP, indica la inconveniencia de mantener el encierro cautelar. Es que la entidad del peligro de fuga que emana de la eventualidad de que recaiga en el caso una sanción de efectivo cumplimiento y de que el imputado sea declarado reincidente, con las consecuencias que ello conlleva […], da la pauta de que dicho riesgo puede ser neutralizado adecuadamente por otras de las medidas alternativas y menos gravosas contenidas en el artículo 210 del CPPF”. 3. Excarcelación. Riesgos procesales. Reforma legal. Caución. “En ese sentido, al analizar la procedencia de las distintas pautas de conducta de los incisos ‘a’ al ‘c’, es dable advertir que su sola palabra aparece insuficiente en el caso, debiéndose afianzar con mayor solidez su sujeción al proceso. Es por ello que habrá de imponerse su sometimiento, una vez que recupere su libertad, al cuidado de uno de los miembros de su familia […], para lo cual deberán aportar sus datos personales y de contacto a los fines de la vigilancia del cumplimiento de esta imposición por parte de la Dirección de Control y Asistencia de la Ejecución Penal (artículo 210, inciso ‘b’, CPPN). Ahora bien, a la luz de las condiciones personales del encausado y particularmente la reiteración delictiva […], se impondrá de manera conjunta la obligación de presentarse quincenalmente ante el juez de grado para demostrar que permanece a derecho (artículo 310 CPPN y 210, inciso ‘c’, CPPF). En cuanto a las prohibiciones e interdicciones de los incisos ‘d’ a ‘g’ no se estiman necesarias, en tanto no se han corroborado indicios que den la pauta de que C. pretenda abandonar el país, no incurrió en actitudes violentas hacia la damnificada y no se trata de hechos de violencia doméstica. Es preciso, asimismo, imponer, de forma combinada con los compromisos antes aludidos, una caución de carácter real […], lo que da cuenta de que resulta acorde a su situación económica (artículos 320 y 324 CPPN y 210, inciso ‘h’, CPPF), con lo que luce adecuadamente contrarrestado el riesgo de fuga verificado en autos”.
Tribunal : Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, sala IV
Voces: EXCARCELACIÓN
PRISIÓN PREVENTIVA
REFORMA LEGAL
CÓDIGO PROCESAL PENAL
INTERPRETACIÓN DE LA LEY
CAUCIÓN
ANTECEDENTES CONDENATORIOS
Jurisprudencia relacionada: https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=PJN (causa N° 80896)
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query= Diaz (causa Nº 5553)
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query= Roque Cuba (causa Nº 6341)
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query= Fasoli (reg. N° 1066 y causa Nº 53543)
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query= HPE (causa Nº 82230)
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query= Fernández Galeano (reg. Nº 1802 y causa Nº 73009l)
Link de descarga: https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/CVG (causa N° 81189).pdf
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