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https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/2525
Título : | GHD (Causa Nº 81137) |
Fecha: | 5-jul-2019 |
Resumen : | Un hombre que tenía diabetes y era insulinodependiente fue detenido por la comisión de un delito. En la unidad penitenciaria sufrió una infección, fue intervenido quirúrgicamente y padeció un coma diabético. En la declaración indagatoria aportó los datos de su domicilio. Luego, su defensa solicitó su excarcelación y aportó una dirección distinta. El juzgado rechazó el pedido. Entonces, la defensa requirió que se le concediera la prisión domiciliaria. En tal sentido, tuvo en consideración la salud de su asistido y señaló que en el establecimiento penitenciario no recibía la atención médica correspondiente. El juzgado denegó el pedido por considerar que la enfermedad podía tratarse en la unidad. Por otra parte, en relación a los diferentes domicilios aportados, indicó que no resultaba claro en cuál de los dos cumpliría la detención. Finalmente, agregó que no se encontraban certificados los antecedentes. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. En su presentación, la defensa planteó que el juzgado no había tenido en cuenta los graves problemas de salud de su asistido ni había valorado la negligencia en la atención médica del establecimiento penitenciario |
Argumentos: | La Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, por unanimidad, revocó la resolución y concedió la prisión domiciliaria al imputado. Además, ordenó que de forma urgente se confirmara el domicilio y se certificaran sus antecedentes penales (jueces Reboredo y Lemos Arias). 1. Prisión domiciliaria “[L]a prisión domiciliaria no es una medida diferente al encierro que se decide en el momento de la imposición de un encarcelamiento preventivo, sino que constituye una alternativa que se decide respecto a una medida cautelar ya impuesta, para atender situaciones particulares y excepcionales que justifican la aplicación de dicha medida, por no resultar conveniente el encierro preventivo en un establecimiento carcelario. En efecto, la modalidad del encierro domiciliario se basa en el principio de mínima intervención, subsidiariedad o alternativa menos gravosa, que rige en materia de medidas de coerción personal durante la sustanciación del proceso penal, y que significa que deben compararse las medidas restrictivas disponibles y elegirse aquélla que, siendo idónea, resulte menos lesiva”. 2. Prisión domiciliaria. Cárceles. Derecho a la salud. Tratamiento médico. “[E]n virtud de la cantidad de las graves alteraciones mórbidas que ha experimentado como consecuencia de la enfermedad crónica que padece y los especiales y rigurosos cuidados prescriptos, […] su encierro carcelario le impide tratar adecuadamente su dolencia poniendo en grave riesgo su salud y su vida. Por ello, permitir que [el imputado] transite el proceso en la modalidad de arresto domiciliario, mientras esto no desbarate la efectiva prosecución del proceso, viene a resultar una decisión adecuada y razonable que garantiza adecuadamente los derechos consagrados en la Constitución Nacional y los tratados in-ternacionales”. 3. Prisión preventiva. Prisión domiciliaria. Derecho a la salud. “Es que la prisión preventiva no puede privar a la persona, además de su libertad ambulatoria, de su derecho a la salud y a la vida misma. Por ello, el instituto de la prisión domiciliaria está previsto expresamente para resolver la tensión que se produce entre el principio general del cumplimiento de la pena de prisión en un establecimiento carcelario […] o encierro preventivo para asegurar los fines del proceso y el derecho a la dignidad humana, a la salud y a la vida de toda persona privada de su libertad”. |
Tribunal : | Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, Sala I |
Voces: | PRISIÓN DOMICILIARIA CÁRCELES DERECHO A LA SALUD TRATAMIENTO MÉDICO PRISIÓN PREVENTIVA |
Jurisprudencia relacionada: | https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=SJL (Causa Nº16036) https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query= Straatman (causa Nº 18517) https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query= JLA (causa Nº 53030615) https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query= Riquelme (Causa Nº 34149) |
Link de descarga: | https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/GHD (Causa Nº 81137).pdf |
Aparece en las colecciones: | Jurisprudencia nacional |
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