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Título : Grigaliuniene (reg. N° 252 y causa N° 1425)
Fecha: 12-abr-2019
Resumen : Un grupo de personas era investigado por formar parte de una organización dedicada al tráfico de estupefacientes. Por esa razón, se efectuaron diversos allanamientos en los que se secuestró gran cantidad de estupefacientes y se dispuso la detención de sus integrantes. Una de las personas era una mujer lituana que fue detenida al intentar abordar un vuelo a su país. El juzgado dictó su procesamiento con prisión preventiva por el delito de tenencia de sustancia estupefaciente con fines de comercialización en concurso real con la integración de una asociación ilícita. La resolución fue confirmada por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico. El juzgado corrió vista a la fiscalía en los términos del artículo 346 del CPPN. La defensa se comunicó con un hogar de acogida que contaba con una vacante para la residencia de la imputada. Entonces, solicitó su excarcelación y acompañó el informe. El juzgado rechazó el planteo por considerar que no tenía arraigo y por la posibilidad de que, en caso de recuperar su libertad, la mujer viajara a Lituania. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de apelación. Entre otras cuestiones, sostuvo que la instrucción del expediente había finalizado, por lo que su asistida no podía frustrar la realización de ninguna prueba pendiente. Además, consideró que el arraigo como pauta valorativa debía ser atemperado por la posibilidad de obtener un domicilio donde asentarse y que existían otras medidas cautelares que podían asegurar la presencia de su asistida sin vulnerar su derecho a la libertad.
Argumentos: La Sala A de la Cámara Nacional en lo Penal Económico revocó la resolución impugnada (jueces Hendler y Bonzón). 1. Excarcelación. Riesgos procesales. “[L]a excarcelación se encuentra subordinada a la valoración objetiva provisional de las condiciones personales del imputado que puedan hacer presumir la intención de eludir la acción de la justicia o entorpecer las investigaciones (conf. art. 319 del Código Procesal Penal de la Nación). Esas circunstancias, justamente por su carácter provisional, pueden modificar la existencia de los riesgos procesales y por ende, la decisión de adoptar el resguardo más gravoso. Que a fin de evaluar exclusivamente la procedencia de la excarcelación denegada, las nuevas circunstancias de la causa indican que las presunciones en que se funda el encierro preventivo ya no son aplicables al caso. Que la ley procesal establece en qué casos los jueces pueden denegar la excarcelación durante el proceso –es decir antes de que haya una condena– (artículo 319 del Código Procesal Penal) y si bien existen circunstancias que podrían autorizar esa denegatoria, como la falta de arraigo, las afirmaciones del solicitante en el sentido de que existen otras circunstancias que aseguran su comparecencia no han sido controvertidas de ninguna manera”. “Que el inminente final de la etapa de instrucción permite darle acogida favorable al argumento del defensor. El grado de avance del proceso aleja la posibilidad del entorpecimiento en la investigación. Que, en estas condiciones, las nuevas circunstancias del expediente dan cuenta de la intención de la imputada de estar a derecho y desvirtúan las presunciones referidas al peligro de fuga o entorpecimiento que justificarían el encarcelamiento antes de que exista una condena”. 2. Vigilancia electrónica. “[E]n el caso, se justifica adoptar otras medidas restrictivas, en especial la asignación de un dispositivo electrónico de control, la prohibición absoluta de salida del país, la retención de la documentación personal y la obligación de presentarse semanalmente en el tribunal, medidas que constituyen resguardos suficientes para neutralizar el eventual peligro de fuga”.
Tribunal : Cámara Nacional en lo Penal Económico, Sala A
Voces: EXCARCELACIÓN
PRISIÓN PREVENTIVA
RIESGOS PROCESALES
PELIGRO DE FUGA
ARRAIGO
VIGILANCIA ELECTRÓNICA
MIGRANTES
Jurisprudencia relacionada: https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=RPJA (causa Nº 3901)
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query= Rocha Beltrán, María Isabel
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query= Velez Cheratto (reg. Nº 555 y causa Nº 19631)
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query= Perón (reg. Nº 1495 y causa Nº 59136)
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query= Diaz (causa Nº 5553)
Link de descarga: https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/Grigaliuniene (reg. N° 252 y causa N° 1425).pdf
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