Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/2358
Título : Informe acerca de su misión a la Argentina
Fecha: 9-abr-2018
Resumen : Entre el 1 y el 10 de marzo de 2017 el Experto Independiente sobre la protección contra la violencia y la discriminación por motivos de orientación sexual o identidad de género de la ONU visitó la Argentina. Durante su estadía, se reunió con representantes de distintas organizaciones e instituciones públicas con el fin de analizar la situación de violencia y discriminación contra el colectivo LGBTIQ en el país.
Argumentos: El Experto Independiente manifestó su preocupación por la violencia y la discriminación por motivos de orientación sexual o identidad de género. Asimismo, analizó la legislación vigente y se mostró preocupado por la falta de su implementación efectiva y por las divergencias entre la legislación federal y la provincial. El Experto destacó que “[l]os asesinatos, las agresiones, el acoso y otras vulneraciones de los derechos humanos afectan en particular a las mujeres transgénero […]. El colectivo de personas transgénero es especialmente vulnerable, ya que el contexto de privación socioeconómica y pobreza puede empujar a estas personas a vivir de forma clandestina en la calle y a ocupaciones como eltrabajo sexual […]. Los prejuicios agravan la situación de diversos colectivos y personas, y exacerbanlos ataques contra las personas gais, lesbianas, bisexuales y/o transgénero en diversas partes del país” (párr. 6). Asimismo, expresó que durante su visita “…también se planteó el problema de la violencia contra las lesbianas, un problema a menudo invisible. A esto se sumaba la inseguridad que sentían algunos colectivos con respecto a su derecho a tener hijos y cuidar de ellos” (párr. 7).Por otro lado, se refirió a la legislación vigente y lamentó que “[a] pesar de las políticas constructivas y los numerosos programas innovadores, la implementación plantea dificultades recurrentes, debido en parte a las limitaciones presupuestarias, la incapacidad para ofrecer a las personas trans suficientes oportunidades de empleo y una atención de la salud adecuada, y los obstáculos burocráticos. Por ejemplo, algunas disposiciones de la Ley de Identidad de Género no se aplican plenamente. En particular, el artículo 11, relativo al derecho a una atención de la salud integral y al acceso a intervenciones quirúrgicas y tratamientos hormonales, no se implementó hasta 2015, tres años después de la entrada en vigor de la Ley, y los servicios solo están disponibles en unas pocas provincias” (párr. 31). El Experto destacó la labor de las ONG, en especial la del Hotel Gondolín y el Bachillerato Popular Trans Mocha Celis, un centro que “…imparte formación para contribuir a erradicar la violencia y la discriminación, haciendo especial hincapié en la diversidad sexual y de género. Esta iniciativa se dirige, en particular, a las personas transgénero y proporciona una experiencia integral que permite a los estudiantes dejar atrás la situación de marginalización y avanzar hacia otras profesiones” (párr.36). El Experto expresó su preocupación por el asesinato de mujeres transgénero y advirtió “…diversas formas de violencia y discriminación generalizadas en el país. En particular, sigue prevaleciendo la violencia institucional, que históricamente ha estado profundamente arraigada en la sociedad, y esta es la raíz del problema. La violencia institucional, a través de acciones negativas y omisiones por parte de funcionarios estatales, es una de las causas fundamentales de la violencia y la discriminación relacionadas con la orientación sexual y la identidad de género, así como un factor agravante y una consecuencia, y perpetúa el círculo vicioso del abuso” (párr. 43). En este sentido, agregó que “[l]a violencia y la discriminación se complican todavía más en razón de su carácter multidimensional y multifacético; la violencia y la discriminación pueden comenzaren el entorno familiar, intensificarse en el sistema educativo y el entorno comunitario, y extenderse a continuación a un plano provincial y nacional, exacerbadas por Internet y el ciberespacio, que pueden ser un crisol de elementos hostiles que incitan al odio y la violencia. El patriarcado y la falta de empatía por la diversidad sexual y de género son factores agravantes. A esto subyace la exclusión sociocultural, interrelacionada con la marginación política, económica y cultural, que alimenta la dinámica de la violencia y la discriminación” (párr. 44). El Experto también hizo alusión a los prejuicios y estereotipos que “…prevalecen en diversos entornos y afectan en particular a las personas transgénero. Estos se ven agravados por las interacciones con los agentes del orden. […] Esto tiene consecuencias directas en sus posibilidades de acceder ala justicia; cuando se denuncia a estas personas, su identidad de género es tácitamente una circunstancia agravante y, cuando son estas personas las que presentan una denuncia, su identidad de géneroes motivo de descrédito. El hecho de que una persona sea travesti o trans socava su credibilidad yafecta a la imparcialidad de los funcionarios judiciales…” (párr. 48). Del mismo modo, expresó su preocupación “…por el hecho de que la legislación federal, en particular la Ley de Identidad de Género, no se haya implementado todavía, o no se haya implementado correctamente, a nivel provincial” (párr. 51). Además, advirtió sobre “…una implementación negativa de determinadas leyes, como la Ley de Estupefacientes y la Ley contra la Trata de Personas, que se utilizan en las políticas por los agentes delas fuerzas del orden para llevar a cabo amplias campañas de aplicación de la ley, que afectan en particular a las personas transgénero y se realizan sin las debidas garantías procesales…” (párr. 58). En cuanto al sistema penitenciario, el Experto indicó que “…las personas lesbianas, gais, bisexuales,transgénero e intersexuales se ven especialmente afectadas por la violencia en los centros penitenciarios cuando están recluidas junto con la población penitenciaria general. Los hombres gais y las mujeres trans están particularmente expuestos a este riesgo cuando son recluidos en prisiones parahombres”. Al respecto, agregó que en varios centros penitenciarios “…es difícil acceder a la atención de la salud, en particular para las mujeres trans, por ejemplo en lo que respecta a los tratamientoshormonales y los implantes mamarios, y hay un largo período de espera para los tratamientos quirúrgicos…” (párrs. 70 y 74). Así pues, el Experto recomendó al Estado que adopte medidas para mejorar el acceso a la educación, la atención de la salud, el empleo, la vivienda y empleo para las mujeres transgénero. En este sentido se refirió a la ley de cuotas de la provincia de Buenos Aires para asegurar empleo deal menos un número mínimo de personas transgénero y para ampliar el alcance de leyes de cuotas a otras provincias. Mostró su inquietud ante la divergencia en las legislaciones y recomendó la reforma de la legislación incompatible con las normas de derechos humanos como las diversas disposiciones de los códigos de faltas y contravenciones provinciales (párr. 78). Respecto de las personas del colectivo LGBTIQ+ privadas de su libertad, el Experto recomendó mejorar sus condiciones de detención, teniendo en cuenta la necesidad de “…proteger a las personas por motivos de su orientación sexual o identidad de género, previendo pabellones especiales en caso necesario, modificar de forma efectiva y oportuna los documentos de identidad y los registros…”(párr. 79). Finalmente, aludió, entre otras cuestiones, a la importancia de generar estadísticas “…sobre los grupos que se ven afectados por la violencia y la discriminación, con cifras desglosadas por grupo y orientación sexual e identidad de género, y crear un sistema de datos de ámbito federal–provincial” (párr. 82).
Tribunal : Experto Independiente sobre la protección contra la violencia y la discriminación por motivos de orientación sexual o identidad de género (ONU)
Voces: LGBTIQ
GÉNERO
VIOLENCIA
VIOLENCIA INSTITUCIONAL
IGUALDAD
VULNERABILIDAD
ACTOS DISCRIMINATORIOS
NO DISCRIMINACIÓN
CÁRCELES
CONDICIONES DE DETENCIÓN
Link de descarga: https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/Informe acerca de su misión a la Argentina.pdf
Aparece en las colecciones: Jurisprudencia internacional

Ficheros en este ítem:
No hay ficheros asociados a este ítem.