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https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/2138
Título : | Amirov v. Rusia |
Fecha: | 27-nov-2014 |
Resumen : | El peticionario, Said Amirov, de nacionalidad rusa, nacido en 1954, sufrió un intento de asesinato en 1993, el cual le dejó una parálisis, obligándolo al uso de silla de ruedas, así como también serias condiciones de salud, como la incapacidad de orinar o defecar sin ayuda. Desde 1998 fue alcalde de Makhachkala, donde vivió hasta el momento de su detención. El Sr. Amirov fue arrestado en junio de 2013, acusado de homicidio e intento de homicidio de oficiales estatales. Luego fueron ampliados los cargos en su contra, incluyendo los delitos de tráfico de armas junto al intento de organizar un ataque terrorista. Su orden de detención fue confirmada pese a los recursos interpuestos. En julio de 2014 fue condenado por conspirar en la organización de un ataque terrorista, mientras que el resto de las acusaciones aún están pendientes de resolver. En la actualidad se encuentra detenido en el centro temporario Rostov-on-Don, Russia El peticionario sostuvo que la asistencia médica recibida fue insuficiente considerando sus enfermedades, las cuales requerían constate supervisión de personal médico especializado. A partir de dicha solicitud, el TEDH indicó al Gobierno de Rusia, bajo la regla 39 del Reglamento del TEDH, que el Sr. Amirov debía ser inmediatamente examinado por especialistas médicos independientes del servicio penitenciario a fin de determinar si el tratamiento recibido se adecuaba a su estado de salud, si su estado de salud era compatible con las condiciones de detención y si su estado de salud requería el traslado a un hospital. El Gobierno de Rusia dio respuesta en base a dos reportes médicos, aduciendo que el peticionario recibía la atención médica necesaria. |
Argumentos: | El TEDH expresó que los reportes médicos emitidos no consideraron los tres aspectos destacados por el Tribunal. Junto a las condiciones de detención, no fue evaluada la necesidad de traslado a un hospital, ni la calidad de la asistencia médica recibida durante la detención. En ese sentido, el tribunal destacó que las medidas dispuestas en base a la Regla 39 del Reglamento del TEDH deben ser estrictamente cumplidas, resultando inconcebible el incumplimiento de dichas medidas mediante el reemplazo por un reporte médico con una valoración propia de la situación. En consecuencia, el tribunal concluyó que el Gobierno ruso no demostró ningún impedimento objetivo respecto al cumplimiento de las medidas provisionales dispuestas, resultando violado el artículo 34 del CEDH (Demandas individuales). Asimismo, manifestó que el Gobierno no ha podido demostrar que el peticionario estuviera recibiendo asistencia médica efectiva durante su detención ya que la evidencia presentada no era convincente y resultó insuficiente. En el presente caso, el tribunal consideró que el peticionario no recibió la asistencia médica vital para su enfermedad. En particular, el tratamiento resultó incompleto y la supervisión médica insuficiente. Por otra parte, fue mantenido en insalubres condiciones de detención, lo cual resultó un grave peligro para su salud debido a que su sistema inmunológico ya se encontraba debilitado. EL tribunal concluyó que existió violación al artículo 3 del CEDH (Prohibición de la tortura). |
Tribunal : | Tribunal Europeo de Derechos Humanos - TEDH |
Voces: | ASISTENCIA MEDICA TORTURA CONVENCIÓN EUROPEA DE DERECHOS HUMANOS |
Jurisprudencia relacionada: | https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=Anzhelo Georgiev y otros v. Bulgaria |
Link de descarga: | https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/Amirov v. Rusia.pdf |
Aparece en las colecciones: | Jurisprudencia internacional |
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