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Título : G, JL y otro
Fecha: 1-ago-2014
Resumen : Dos personas se encontraban imputadas de usar un documento público falso o adulterado de los destinados a la habilitación para circular con vehículo automotor. La defensa solicitó su sobreseimiento. En esa presentación, argumentó que el uso de una cédula de identificación automotor adulterada, vencida y a nombre de otra persona, no constituía delito.
Argumentos: El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de San Juan, por unanimidad, absolvió a los imputados. Para así decidir, los jueces Echegaray, Parra y Turcumán consideraron que “[l]a cédula verde vencida en poder de terceras personas –distintas del titular registral– no habilita para circular con el vehículo, es decir que no tiene idoneidad para vulnerar la fe pública, su uso en tales circunstancias no tiene virtualidad para afectarla”. A su vez, el Tribunal indicó que “…el documento falsificado no podría cumplir con el fin para el que fue creado, dado que no autorizaría a circular con el vehículo […], conforme a la reglamentación en la materia y por lo tanto no tenía la idoneidad suficiente como para poner en peligro el bien jurídico protegido por la figura, esto es la fe pública, dado que no tenía vigencia al momento de su pretensión ante la fuerza policial”.
Tribunal : Tribunal Oral en lo Criminal Federal de San Juan
Voces: FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS
FE PÚBLICA
IDONEIDAD
SENTENCIA ABSOLUTORIA;#94
Jurisprudencia relacionada: https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=G JL y otro
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=Mbaye (causa Nº 11636)
Link de descarga: https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/G, JL y otro.pdf
Aparece en las colecciones: Jurisprudencia nacional

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