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https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/1994
Título : | Lai (Causa Nº 1419) |
Fecha: | 19-sep-2017 |
Resumen : | Una persona se encontraba detenida cumpliendo una pena de prisión. En ese contexto, comenzó a cursar la carrera de abogacía. En la etapa de Ejecución Penal, la persona solicitó autorización al Juzgado de Ejecución interviniente para continuar con la cursada. Entonces, presentó las constancias de las materias en las que se había inscripto ese semestre. Después de dos meses sin ninguna respuesta del Juzgado de Ejecución, presentó un habeas corpus correctivo ante la Corte Suprema de Justicia de la provincia para que se la autorizara a cursar las materias en cuestión. |
Argumentos: | La Corte Suprema de Justicia de Tucumán hizo lugar a la acción de habeas corpus correctivo. Ordenó al Juzgado de Ejecución que en el plazo improrrogable de setenta y dos horas arbitrara los medios para garantizar que la persona pudiera cursar de manera regular las materias y rendir la totalidad de exámenes parciales y finales correspondientes de la carrera de abogacía. 1. Cárceles. Personas privadas de la libertad. Educación. “[D]esde el derecho internacional resulta incuestionable el impulso hacia la configuración del ‘derecho a la educación’ como un derecho esencial e inalienable de toda persona, el cual debe ser garantizado e impulsado por todos los Estados, ya sea que se encuentre en libertad o en un contexto de encierro. De esta forma, se tornaría irrelevante la condición de interno de un ciudadano por cuanto esta circunstancia no significa que la persona quede privada de acceder al derecho a la educación, el cual forma parte de sus derechos fundamentales. Siguiendo la impronta que la comunidad internacional viene sosteniendo en pos de la defensa y profundización del derecho a la educación, nuestro país dictó en el orden interno la Ley N° 26.206 (Ley de Educación Nacional) la cual amplió cualitativamente los derechos a la educación, llevándola a todos los ámbitos de la sociedad. En relación a las personas en contextos de encierro estableció específicamente en su art. 55 que ‘La Educación en Contextos de Privación de Libertad es la modalidad del sistema educativo destinada a garantizar el derecho a la educación de todas las personas privadas de libertad, para promover su formación integral y desarrollo pleno. El ejercicio de este derecho no admite limitación ni discriminación alguna vinculada a la situación de encierro, y será puesto en conocimiento de todas las personas privadas de libertad, en forma fehaciente, desde el momento de su ingreso a la institución’” (voto de los jueces Gandur, Estofán y Posse). 2. Cárceles. Condiciones de detención. Educación. Arbitrariedad. “[El artículo 135 de la Ley N° 24.660] expresamente permite que un interno pueda estudiar sin que este derecho le pueda ser cercenado por el grado de progresividad del régimen penitenciario o se encuentre supeditado a un sinnúmero de informes, dictámenes y propuestas penitenciarias, las que una vez que son evacuadas y –en el caso– resueltas positivamente, las mismas ya no poseen vigencia, al tornarse abstracta la petición: el pedido de cursado es aceptado una vez que el cursado ha concluido, la autorización para rendir una materia es expedida con posterioridad a la fecha de examen, etc. […] La conducta en cuestión constituye, por tanto, una hipótesis de arbitrariedad por parte de la autoridad judicial encargada –entre otras funciones– de garantizar los derechos constitucionales de los internos (art. 35 bis, inc. 1, 3 y 10 del CPPT), extremo que constituye un agravamiento en las condiciones en que sucede la detención; lo que habilita la acción constitucional intentada” (voto de los jueces Gandur, Estofán y Posse). |
Tribunal : | Corte Suprema de Justicia de Tucumán |
Voces: | HÁBEAS CORPUS EDUCACIÓN CONDICIONES DE DETENCIÓN CÁRCELES PERSONAS PRIVADAS DE LA LIBERTAD ARBITRARIEDAD |
Jurisprudencia relacionada: | https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=CLPH c UBA (Causa Nº 31235) https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=AJA (causa Nº 54475) https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=MCE https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=Bruno Sebastián y otro (Causa Nº 24740) |
Link de descarga: | https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/Lai (Causa Nº 1419).pdf |
Aparece en las colecciones: | Jurisprudencia nacional |
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