Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem:
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/1855
Título : | Velez Cheratto (reg. Nº 555 y causa Nº 19631) |
Fecha: | 27-jun-2018 |
Resumen : | Un joven fue imputado por los delitos de impedimento de la libre circulación de un periódico, hacking y amenazas anónimas, en concurso ideal entre sí. Por tal razón, fue detenido de manera preventiva. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. La Cámara Federal de Apelaciones de Rosario confirmó la resolución. Para decidir de esa manera, sostuvo que los delitos imputados al joven tenían una pena máxima de seis años. Además, indicó que –dada la naturaleza del hecho y la forma en que se había llevado a cabo– podía presumirse que el imputado entorpecería el proceso y/o eludiría la acción de la justicia. Asimismo, consideró que no se encontraba acreditado el arraigo del imputado. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación. |
Argumentos: | La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, por mayoría, hizo lugar a la impugnación, anuló la resolución recurrida y remitió las actuaciones al tribunal de origen a fin de que se dictase un nuevo pronunciamiento. “[L]a prisión preventiva es una medida cautelar de carácter excepcional (función cautelar que es la única constitucionalmente admisible), y que sólo puede tener fines procesales: evitar la fuga del imputado y la frustración o entorpecimiento de la investigación de la verdad. Este criterio que surge del principio de inocencia como primera y fundamental garantía judicial y la protección de la libertad personal, consagrado por la Constitución Nacional (art. 18) y diversos instrumentos internacionales de protección de los derechos humanos…”. “[L]o primero que nos indica el principio de inocencia, como garantía política limitadora de la actividad sancionatoria del Estado y que protege al ciudadano que ingresa al ámbito de actuación de las normas penales y procesales, es que nadie podrá ser considerado ni tratado como culpable mientras una sentencia no lo declare así”. “[E]l a quo se refirió en forma genérica a la posibilidad de alterar el material probatorio. Sin embargo, omitió todo detalle acerca del avance de la pesquisa y la culminación de la recolección de la evidencia informática y su resguardo mediante procedimientos de seguridad, dirigidos a mantener incólume su contenido. [R]especto del aspecto vinculado con la falta de arraigo […], si el a quo consideró que eran insuficientes los elementos reunidos para completar el análisis sobre la existencia de arraigo eficaz debió procurar los parámetros más completos a efectos de evaluar conjuntamente con la gravedad de los hechos o la naturaleza de los delitos investigados si en el caso concreto se encuentran configurados las presunciones de riesgo de fuga o entorpecimiento de la investigación que acarrearía la libertad del imputado…” (voto del juez Hornos al que adhirió la jueza Figueroa). “[L]os jueces podrán disponer una medida cautelar máxima –encarcelamiento- cuando se encuentren acreditadas razones suficientes que justifiquen y resulte razonable la presunción contraria al principio de permanencia en libertad. [E]l Tribunal ha efectuado una valoración incompleta de las circunstancias del caso, especialmente las vinculadas con la posibilidad de alterar material probatorio y las condiciones de arraigo que consideró insuficientes, elementos fácticos relevantes para la determinación de la existencia de riesgos procesales que sustenten la medida cautelar privativa de la libertad…” (voto concurrente de la jueza Figueroa). |
Tribunal : | Cámara Federal de Casación Penal, Sala I |
Voces: | HACKING AMENAZAS PRISIÓN PREVENTIVA RIESGOS PROCESALES ARRAIGO PELIGRO DE FUGA PRINCIPIO DE INOCENCIA PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD DEBER DE FUNDAMENTACIÓN |
Jurisprudencia relacionada: | https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=RPJA (causa Nº 3901) https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=GPN (causa Nº 20117) https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=VBAD (causa Nº 30) https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=S M (prisión preventiva) https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=OLC https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=Núñez Rodríguez Arelis https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=Grigaliuniene (reg. N° 252 y causa N° 1425) https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=Perón (reg. Nº 1495 y causa Nº 59136) |
Link de descarga: | https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/Velez Cheratto (reg. Nº 555 y causa Nº 19631).pdf |
Aparece en las colecciones: | Jurisprudencia nacional |
Ficheros en este ítem:
No hay ficheros asociados a este ítem.