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Título : Procuración Penitenciaria de la Nación s. incidente de medida cautelar. Habeas corpus Expte. Nº 8237
Fecha: 31-oct-2014
Resumen : En este caso, el Juez Federal en lo Criminal y Correccional de Morón ordenó al director del complejo penitenciario federal Nº 2 de Marcos Paz que clausure en forma inmediata los retenes o salas de espera perteneciente al ingreso de ese organismo, a fin de “…resguardar de manera efectiva los derechos de los internos que se encuentran allí, debiendo en consecuencia arbitrar los medios necesarios para que éstos sean alojados en celdas adecuadas, dentro de esa unidad o en otra…”. Asimismo, el juez indicó que los fundamentos de esta medida se vinculan con que “…se ha superado ampliamente el plazo para el realojamiento de los internos denominados ‘sin techo’ y estar a la espera, conlleva a continuar violando su[s] derechos…”.
Argumentos: El alojamiento de internos en retenes o salas de espera perteneciente al ingreso del complejo penitenciario debe ser transitorio. Se ordena la clausura inmediata de los retenes o salas de espera del complejo penitenciario federal n°2 de Marcos Paz.
Tribunal : Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional Nº 1 de Morón
Voces: HÁBEAS CORPUS
MEDIDAS CAUTELARES
Jurisprudencia relacionada: https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=Procuración Penitenciaria de la Nación s. incidente de medida cautelar. Habeas corpus Expte. Nº 8237
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