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Título : Causa 41911.13
Fecha: 16-sep-2014
Resumen : Una persona detenida había sido sancionada por negarse a permanecer en su lugar de alojamiento (art. 17 inc. b decr. 18/97). Tanto en la audiencia ante las autoridades del SPF como en su presentación de apelación, el detenido indicó que solamente le interesaba manifestar la necesidad de un cambio de alojamiento a la planta 1. La defensa recurrió la sanción ante el Tribunal Oral donde tramitaba la causa.
Argumentos: El TOC Nº 24 dejó sin efecto la sanción disciplinaria impuesta. Para llegar a esa conclusión, el tribunal entendió que “…la cuestión se halló ceñida a un pedido del interno relacionada con su lugar de alojamiento […] y que no se aprecia que ese reclamo hubiera excedido el de un mero pedido verbal al celador: no se ha mencionado que fuera acompañado de una actitud agresiva, injuriosa para con el funcionario o de otro tipo de comportamientos idóneos para alterar el orden y la disciplina. En todo caso se trata del derecho a formular peticiones y quejas contemplado en el art. 67 de la ley 24.660 y que por sí solo, a riesgo de volverlo meramente ilusorio, no puede a su vez constituir una falta digna de sanción”. A su vez, el tribunal consideró “…inaplicable la disposición del art. 96 de la ley 24.660 [firmeza de la sanción si el órgano judicial no se expide dentro de los 60 días] al no resultar razonable hacer caer la jurisdicción del tribunal por el mero transcurso del plazo allí establecido, con la consecuencia gravosa de perjudicar a quien se le confiere justamente el derecho al control judicial de una sanción administrativa sólo porque el órgano encargado de analizar la impugnación –sobrecargado de múltiples actividades– no se expide en un término que si bien no puede tacharse de irracional resulta en cambio, y la práctica así lo demuestra, de casi imposible cumplimiento. Ello, claro está, en modo alguno puede recaer sobre quien pretende la revisión de la sanción”.
Tribunal : Tribunal Oral en lo Criminal Nro. 24 de la Capital Federal
Voces: SANCIONES
SANCIONES DISCIPLINARIAS
EJECUCIÓN DE LA PENA
PRISIÓN
Link de descarga: https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/Causa 41911.13.pdf
Aparece en las colecciones: Jurisprudencia nacional

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