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https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/1554
Título : | FMD (causa Nº 400615) |
Fecha: | 22-jun-2016 |
Resumen : | Un hombre se inscribió por primera vez en el Registro Civil cuando tenía 16 años. En ese momento, le entregaron una “tirilla” que utilizó como constancia de identificación y le permitió trabajar en distintas empresas. Tres años más tarde, obtuvo su primer Documento Nacional de Identidad. El hombre lo extravió y, al presentarse en el Registro Nacional de las Personas, obtuvo su duplicado. Con ese documento votó en distintas elecciones e inscribió a sus hijos en el Registro Civil. Al ser despedido de su trabajo, solicitó el Fondo de Desempleo. En ese momento, ANSES le informó, a partir de su número de DNI, que lo tenía registrado como policía de la provincia de Tucumán. Por otro lado, el policía fue informado de que se encontraba en el Veraz y, al verificar sus datos en la ANSES, constató que figuraba en el sistema como trabajador de la construcción y que poseía una obra social diferente a la de empleado policial. Por este motivo, denunció al otro hombre por el delito supresión de identidad y falsificación de documentos. Durante el debate oral, se constató que ambos habían nacido el mismo año en el mismo establecimiento. |
Argumentos: | El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán, por unanimidad, absolvió al imputado y ordenó su inscripción en el Registro Nacional de las Personas con otro número de DNI (jueces Casas, Jiménez Montilla y Noli). “Del total de las pruebas incorporadas, apreciadas con las reglas de la sana crítica, en tanto la experiencia común y la lógica permiten concluir que no existió el ilícito penal endilgado […] al acusado…”. “[N]o generó el acusado una conducta de simulación de sustitución de estado civil. ¿Cómo podría entenderse la inscripción de sus tres hijos si considerara que no era esa su identidad? […]. Tampoco se ve beneficiado, sino al contrario con los aportes jubilatorios de ANSES […]. No ha generado él el instrumento, no ha efectuado modificaciones que priven a otro de su uso. Ha comparecido ante el Organismo del estado encargado de tal registración”. “El imputado ha incurrido en un error de tipo involuntario, al valerse equivocadamente de una copia de la documentación correspondiente a otra persona –el denunciante– con el mismo nombre y apellido, nacido en el año 1982 en el mismo nosocomio […]. [S]e trata de un error documental del Registro Civil de las Personas cuando le dio aquella documentación […] al imputado al presentarse con su madre a inscribirse. [E]l hecho de tener un documento con un dato falso sobre su identidad [no] lo hace autor o partícipe de tal maniobra, especialmente debe tenerse en cuenta las similares circunstancias que pueden haber llevado a la Oficina identificadora a provocar el error que dio motivo a la expedición del DNI cuestionado, como por ejemplo la identidad de nombre, de género, fecha de nacimiento en el mismo año, lugar de nacimiento, misma provincia, nosocomio y especialmente debe tenerse en cuenta que la circunstancia de tener la misma identidad […] con el denunciante, le provocó más problemas que beneficios”. “[D]ebió tratarse de un error administrativo originado en la esfera de competencia del Estado, por medio de sus agentes, el que habría provocado el doble otorgamiento de un mismo número de documento por el Registro Nacional de las Personas a dos ciudadanos, homónimos”. “[E]l Documento Nacional de Identidad que fue otorgado […], no se trata de un instrumento falso en sí mismo, en razón de su origen o por haber sido dictado sin atribuciones de ley, sino por el contrario fue otorgado válidamente a un ciudadano que pudo usarlo sin dificultad alguna durante más de 20 años, hasta que tomó conocimiento de la situación de duplicación. Se habría efectuado una superposición de datos que llevó a este resultado no querido y que privó al titular originario de su identidad, confundiendo sus registros con los de otra persona…”. |
Tribunal : | Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán |
Voces: | INSCRIPCIÓN REGISTRAL DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD REGISTRO CIVIL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS ERROR FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS SUPRESIÓN DE IDENTIDAD |
Jurisprudencia relacionada: | https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=LJCD |
Link de descarga: | https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/FMD (causa Nº 400615).pdf |
Aparece en las colecciones: | Jurisprudencia nacional |
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