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https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/144
Título : | Álvarez, Maximiliano y otros c. Cencosud SA |
Fecha: | 7-dic-2010 |
Resumen : | Los seis actores iniciaron la acción de amparo contra Cencosud S.A., propietaria de locales comerciales que giran bajo el nombre de fantasía ´Easy´, sosteniendo que prestaban servicios para aquélla bajo la ´pseudo categoría´ de asesores, la cual estaba destinada a emplazarlos fuera del ámbito del convenio colectivo 130/75 de empleados de comercio. Toda vez que el sindicato de esta última actividad les habría negado la afiliación, crearon, junto con otros trabajadores, el Sindicato de Empleados Jerárquicos de Comercio —que fue inscripto por la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales el 30 de marzo de 2006— y pasaron a integrar la comisión directiva de la institución. En tales condiciones, el presidente de dicha comisión, invocando ese carácter, intimó a la demandada al pago de diferencias salariales correspondientes a la categoría, a lo que siguió que uno de los gerentes de la empresa, pedido mediante, obtuviera de aquél la lista de los integrantes de la comisión. En ese contexto, entre otras circunstancias, los actores consideraron que el despido sin expresión de causa del que fueron objeto pocos días después, resultó un acto discriminatorio motivado en sus actividades sindicales, por lo que reclamaron la reinstalación en sus cargos y una reparación económica. La Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó el fallo de primera instancia favorable a las dos pretensiones. La Corte Suprema de Justicia de la Nación también confirmó la sentencia apelada. |
Argumentos: | La ley 23.592 resulta aplicable al ámbito del derecho individual del trabajo puesto que reglamenta directamente el principio de igualdad reconocido en el artículo 16 de la Constitución Nacional. Por otra parte, la voluntad individual y la libre contratación pueden ser sometidas a las exigencias establecidas por los artículos 14 y 17 de la Constitución Nacional teniendo en cuenta que el vínculo laboral supone, regularmente, una desigualdad entre las partes en disfavor del trabajador. |
Tribunal : | Corte Suprema de Justicia de la Nación |
Voces: | DESPIDO ACTOS DISCRIMINATORIOS SINDICATO ACCION DE AMPARO DELEGADO GREMIAL |
Jurisprudencia relacionada: | https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=Ledesma Florencio c. Citrus Batalla S.A. s. sumarisimo |
Aparece en las colecciones: | Jurisprudencia nacional |
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