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https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/1424
Título : | RAE |
Fecha: | 5-jul-2017 |
Resumen : | En julio de 2009 se declaró la incapacidad de RAE en los términos del Código Civil anterior. La sentencia fue confirmada en segunda instancia. Con la entrada en vigencia de la Ley de Salud Mental, se actualizó la sentencia y se sostuvo el mismo encuadre. En julio de 2017, se efectuó una revisión de la restricción a la capacidad dispuesta de conformidad con el art. 40 del CCC. |
Argumentos: | El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 7 ordenó la rehabilitación de RAE y el levantamiento de las inhibiciones que se habían ordenado. “En la nueva entrevista mantenida […], en el marco de la nueva legislación, los informes acompañados […], y de la impresión personal obtenida en esta entrevista con [A], surge que es una persona autoválida para las actividades de la vida diaria. Deambula por sus propios medios sin dificultad. Conoce el valor del dinero y administra los ingresos de su beneficio previsional. Se encuentra en condiciones de realizar transacciones económicas simples. Se encuentra en condiciones de brindar su consentimiento para prácticas médicas, farmacológicas y civiles. Se traslada solo por la vía pública. Puede efectuar gestiones y compras para garantizarse la satisfacción de sus necesidades básicas”. “[L]a restricción judicial al ejercicio de la capacidad jurídica debe ser de carácter excepcional, impuesta en beneficio del interesado, para actos determinados, estableciendo la extensión y alcance de la misma y especificando las función de las necesidades y circunstancias de la persona, en cuyo caso se designarán los apoyos necesarios, procurando que la afectación de la autonomía sea la menor posible…”. “S]i bien los informes anteriores aconsejaron encuadrar el trastorno psíquico de Ariel en la órbita del art. 141 del Código Civil, lo cierto es que los nuevos informes interdisciplinarios no surge que el causante carezca totalmente de aptitud para dirigir su persona y administrar sus bienes”. |
Tribunal : | Juzgado Nacional Civil Nº 7 |
Voces: | CAPACIDAD SALUD MENTAL PERSONAS CON DISCAPACIDAD CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN |
Link de descarga: | https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/RAE.pdf |
Aparece en las colecciones: | Jurisprudencia nacional |
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