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https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/1363
Título : | DD |
Fecha: | 2-sep-2015 |
Resumen : | Una persona había sido imputada por el delito de homicidio culposo. La defensa solicitó la suspensión del juicio a prueba. Durante la audiencia, el fiscal se pronunció en favor de la probation. Sin embargo, el Tribunal Oral rechazó la solicitud de la defensa. A tal fin, entendió que el hecho de que el delito imputado tuviera prevista una pena de inhabilitación impedía hacer lugar a la petición. Contra dicha resolución, la defensa interpuso un recurso de casación. |
Argumentos: | La Sala 2 de la CNCCC hizo lugar la impugnación y concedió la suspensión del juicio a prueba. “[S]i el consentimiento del fiscal para la suspensión del ejercicio de la acción se presta dentro del marco legal, los jueces no podrían denegar la suspensión. Dije al respecto que `Si los jueces tuviesen la facultad de decidir que el fiscal que ha dado su consentimiento a la suspensión del proceso respecto de un caso que cae dentro del marco legal del art. 76 bis C.P. , debe continuar con el ejercicio de la acción, neutralizaría las facultades legales de la fiscalía para el ejercicio de la acción pública (art. 5 C.P.P.N.), ejercicio que no puede subordinarse a, ni depender de apreciaciones discrecionales de los jueces que juzguen sobre la necesidad o mérito de realización del juicio, pues de lo contrario, si el ejercicio de la acción o su suspensión estuviesen condicionados a la discreción de éstos entrarían en crisis el citado art. 5 y el art. 120 C.N.´” (voto del juez García). “[T]ratándose de un encuadre típico que remite a la solución plasmada en el cuarto párrafo del art. 76 bis del CP, considero que la opinión fiscal es vinculante para el tribunal, si se rinde en favor de la concesión de la suspensión del juicio a prueba. Es que desde mi punto de vista, cuando quien detenta la titularidad del ejercicio de la acción opta por suspender este impulso, el tribunal no podría continuar el trámite sin que esto importara una violación del principio acusatorio” (voto de la jueza Garrigós de Rébori). |
Tribunal : | Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, Sala II |
Voces: | SUSPENSIÓN DEL JUICIO A PRUEBA CONSENTIMIENTO FISCAL PRINCIPIO ACUSATORIO |
Link de descarga: | https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/DD.pdf |
Aparece en las colecciones: | Jurisprudencia nacional |
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