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Título : AAVN
Fecha: 15-jun-2017
Resumen : Una pareja realizaba un tratamiento de fertilización asistida. Luego de tres intentos infructuosos, solicitaron a la empresa de medicina prepaga que les cubra nuevamente el tratamiento. Ante la negativa, iniciaron una acción de amparo y solicitaron como medida cautelar la cobertura integral de la técnica de fertilización y la eventual criopreservación embrionaria anual. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la medida cautelar. La demandada interpuso un recurso de apelación.
Argumentos: La Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, con voto de los jueces Gusman y Guarinoni, rechazó el recurso y confirmó la decisión. Para decidir así, los jueces citaron el art. 8 del decreto 956/13 que establecía que “…’en los términos que marca la ley 26.862, una persona podrá acceder a un máximo de cuatro tratamientos anuales con técnicas de reproducción medicamente asistida de baja complejidad, y hasta tres tratamientos de reproducción medicamente asistida con técnicas de alta complejidad, con intervalos mínimos de tres meses entre cada uno de ellos’”. Respecto a esto, explicaron: “[t]al como se advierte, la lectura del texto legal transcripto, permite inferir que en ambos casos, es decir tanto sea para tratamientos con técnica de baja complejidad como de alta, la norma en cuestión establece un período de aplicación que es anual. Lo expresado es así, porque el legislador empleó claramente una técnica con la que evitar la redundancia, pues si hubiera querido introducir otra limitación, lo hubiera hecho expresamente…”. Por lo demás, los magistrados sostuvieron que “…el tratamiento de fertilización está compuesto de varios actos sucesivos y dependientes uno de los otros. Como el objeto de la ley 26.862 es garantizar el acceso integral a los procedimientos y técnicas médico asistenciales de reproducción médicamente asistida (art. 1, ley 26.862 y 1 del decreto reglamentario) es claro que la criopreservación de embriones está cubierta por la ley 26.862 de igual manera que al resto de las prestaciones”.
Tribunal : Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, Sala II
Voces: TÉCNICAS DE REPRODUCCIÓN HUMANA ASISTIDA (TRHA)
ACCION DE AMPARO
MEDIDAS CAUTELARES
DERECHOS REPRODUCTIVOS
DERECHO A LA SALUD
Link de descarga: https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/AAVN.pdf
Aparece en las colecciones: Jurisprudencia nacional

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