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Título : MO, PA
Fecha: 24-jun-2014
Resumen : En 2006, la Dirección Nacional de Migraciones ordenó la expulsión de una persona extranjera del territorio nacional. A fin de cumplir la medida, en 2010 el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo dispuso su retención. Dicha medida cesó en junio de 2014. Sin embargo, no se dispuso su libertad. Por este motivo, el padrastro del afectado, con patrocinio de la defensa pública, presentó un hábeas corpus ante el fuero federal de Córdoba, donde se domiciliaba.
Argumentos: El Juzgado Federal de Primera Instancia Nº 2 de Córdoba hizo lugar al hábeas corpus y ordenó la inmediata libertad de la persona detenida. Para decidir de este modo, el magistrado concluyó que la persona migrante “…no se encuentra al día de la fecha detenido a disposición de ninguna autoridad competente, como así tampoco interesa su detención al Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 4 de Capital Federal, por donde tramita [la] causa en [su] contra”. Asimismo, el juez recordó que el “…Habeas Corpus opera como efectiva garantía constitucional, al amparo otorgado por el art. 18 de la Constitución Nacional contra toda detención ilegítima sin una orden de un juez competente”.
Tribunal : Juzgado Federal Nº2 de Córdoba
Voces: MIGRANTES
EXTRANJEROS
DETENCIÓN DE PERSONAS
RETENCIÓN
HÁBEAS CORPUS
Link de descarga: https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/MO, PA.pdf
Aparece en las colecciones: Jurisprudencia nacional

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