Buscar por Voces SANCIONES CONMINATORIAS

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FechaTítuloResumen
8-ago-2014GBR s. control de internaciónEn el caso, la Cámara de Apelaciones modificó la decisión de primera instancia que había ordenado intimar al Consejo de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes y a la Dirección de Niñez y Adolescencia –ambos organismos del GCBA– a fin de que procedan al traslado de una niña (alojada en el Hospital Dra. Carolina Tobar García) a un hogar convivencial adecuado a sus necesidades, bajo apercibimiento de aplicar una multa de cuarenta pesos por cada día hábil de demora en el cumplimiento que se incrementaría progresivamente en diez pesos en los meses subsiguientes. De esta manera, la Cámara elevó el monto de la multa dispuesta a la suma seiscientos pesos por cada día hábil de demora en el cumplimiento de la orden judicial, a incrementarse progresivamente en cien pesos en los meses subsiguientes mientras persista el incumplimiento. Para así decidir, los jueces sostuvieron que “…las sanciones conminatorias tienen por objeto vencer la resistencia del obligado renuente y lograr el cumplimiento estricto del deber jurídico impuesto en una resolución judicial”. Por ello, “[l]a graduación de la multa debe estar, entonces en consonancia con el alcance de la actitud omisiva. De ello se sigue que no cabe su reducción a un monto ´simbólico´, pues de admitirse un quantum de tal naturaleza, en lugar de desalentar la renuencia al cumplimiento, se produciría el efecto contrario, desvirtuando la esencia de las sanciones conminatorias”.
7-ago-2015Fioriti, Dora Aída c. ANSESEn el marco de un incidente previsional, el juez de primera instancia dejó sin efecto la pauta de duplicación de astreintes y ordenó practicar la liquidación conforme el monto dispuesto oportunamente en la última intimación firme. Contra dicha resolución, la accionante interpuso recurso de apelación.
17-feb-2016BEL (Causa Nº 1245)En el marco de un proceso de alimentos, se condenó al progenitor al pago de alimentos a favor de su hijo. El hombre era un profesional del derecho y pidió por medio de un incidente la disminución de la cuota fijada. Con motivo de la ejecución de la sentencia, se embargó un bien que era propiedad del demandado. Sin embargo, éste transfirió el bien antes que la medida fuera inscripta. Frente al reiterado incumplimiento, el progenitor fue incorporado en el Registro de Deudores Alimentarios y Morosos de su jurisdicción, Mendoza. Ante esa situación, la madre solicitó se impusiera al accionado una multa dineraria y se le prohibiera salir del país.
18-dic-2023El incumplimiento de la obligación alimentaria como forma de violencia económicaJurisprudencia nacional sobre el incumplimiento de la obligación alimentaria como forma de violencia económica (2017-2023).