Buscar por Voces DESBARATAMIENTO DE DERECHOS ACORDADOS

Ir a una fecha de inicio:
Mostrando resultados 1 a 1 de 1
FechaTítuloResumen
14-jun-2017FGC (causa Nº 70563)Dos personas vendieron varios lotes a otras dos. Después de percibir una parte de la suma de dinero correspondiente a la transacción, omitieron realizar la transferencia mediante escritura a los adquirientes y vendieron los mismos lotes a terceros. Por estos hechos, fueron imputados por el delito de desbaratamiento de derechos acordados (artículo 173, inciso 11 del Código Penal). Las personas afectadas se constituyeron como parte querellante en el proceso penal y ejercieron acciones por la vía civil. En la etapa de juicio oral, la defensa solicitó que se le concediera la suspensión del proceso a prueba a sus asistidos. Los imputados ofrecieron ochocientos mil pesos en concepto de reparación patrimonial. La fiscalía y querella se opusieron por considerar que la posibilidad de reparación del daño por parte de los imputados era superior. Por esa razón, el Tribunal Oral rechazó la solicitud. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional confirmó esa resolución. Entonces, la defensa realizó un nuevo pedido de probation. En esa oportunidad, ofreció el pago de cien mil dólares. La representante del Ministerio Público Fiscal prestó su consentimiento para la concesión del instituto. La querella, en cambio, se opuso por entender que, de acuerdo al principio de preclusión de los actos procesales, la etapa prevista en el artículo 293 del Código Procesal Penal ya había sido agotada. Sin embargo, solicitó que, de concederles la probation a los imputados, se les impusiera la obligación de depositar la suma ofrecida en carácter de caución, a resultas de la sentencia que se dictase a futuro en sede civil.