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Fecha | Título | Resumen |
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12-sep-2023 | SVG (Causa N° 15161) | Dos hombres adquirieron un inmueble por cesión de un boleto de compraventa. Desde 1987 comenzaron a vivir en ese lugar, uno de ellos en la parte de adelante y el otro en la de atrás. En 2011 le prestaron la planta alta de la casa del fondo a la hija de uno de ellos. En ese contexto, la mujer vivía allí con sus hijos. Sin embargo, empezó a sufrir episodios de violencia familiar por parte de su progenitor. Tiempo después, los propietarios solicitaron que se les restituyera el inmueble. Debido a que no lo obtuvieron, iniciaron una acción judicial. En diciembre de 2020, se hizo lugar a su pedido y se ordenó desalojar a los ocupantes. En diciembre de 2022 se dispuso el lanzamiento de la propiedad. En marzo de 2023 la demandada tomó intervención en la causa. En su presentación, denunció que se anotició del desalojo por la orden de lanzamiento que un oficial de justicia le había notificado en el domicilio en febrero de ese año. Asimismo, manifestó que no se le había dejado una copia de la demanda, por lo que le fue imposible comprender de qué se trataba el juicio. En consecuencia, solicitó la nulidad de las notificaciones que se habían efectuado bajo responsabilidad de la parte actora. Por su parte, los accionantes expresaron que se había notificado en tiempo y forma. Agregaron que la demandada había esquivado las diferentes notificaciones. El juzgado interviniente consideró que el plazo para iniciar el incidente de nulidad de la notificación había vencido. En consecuencia, rechazó el planteo por extemporáneo. Ante esa decisión, la demandada presentó un recurso de revocatoria con apelación en subsidio. En ese marco, el tribunal solicitó información sobre la denuncia por violencia familiar realizada por la mujer. |