Buscar por Tribunal Séptima Cámara del Trabajo de la Primera Circunscripción de Mendoza
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| Fecha | Título | Resumen |
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| 20-ago-2025 | CL (Causa N° 7616712) | En 1991, un hombre comenzó a prestar servicios para una empresa de seguros. En 2005, fue nombrado subgerente y, más adelante, como apoderado. Con posterioridad, pasó a desempeñarse como gerente. No obstante, la registración de la relación laboral era irregular. En efecto, su remuneración estaba integrada por el sueldo básico y adicionales. También se le otorgaban beneficios no dinerarios –un departamento y un vehículo nuevo– y casi la mitad de su salario era facturado mensualmente a nombre del cuñado del hombre. Todo ello no constaba registrado en su recibo de haberes. En 2023, el hombre intimó a la compañía mediante telegrama laboral para que ajustara su remuneración a su cargo de gerente y apoderado. En esa oportunidad, exigió que se saldaran las diferencias salariales, bajo apercibimiento de considerarse despedido sin causa. En su primera respuesta, la empleadora rechazó el planteo en su totalidad. Luego, a raíz de otros reclamos que promovió el hombre ante el sindicato y los ministerios de trabajo provincial y nacional, la empresa reconoció su categoría gerencial y aceptó remunerarlo acorde a ella a partir de 2023. En noviembre del mismo año, la compañía decidió despedirlo con causa. Entre sus argumentos, sostuvo que el hombre había demostrado una falta de responsabilidad hacia su trabajo, conductas de desacato y autorizaciones indebidas de pólizas, entre otras irregularidades. En ese marco, el hombre demandó a su exempleadora. En su presentación, solicitó que se le abonara una indemnización junto con las diferencias salariales pertinentes. Al respecto, indicó que la falta de actualización de su salario a lo largo de la relación laboral había degradado sus ingresos, que habían quedado por debajo de su categoría. Por su parte, la empresa solicitó el rechazo de la acción. En ese sentido, expuso que la remuneración del actor superaba la establecida en el convenio colectivo de trabajo. Asimismo, expresó que los incrementos del personal jerárquico se pactaban en forma individual y periódica. En ese contexto, el propio accionante había pedido canalizar casi la mitad de su sueldo a través de su cuñado, a fin de evitar embargos en procesos de alimentos a favor de sus hijos. Sobre esa cuestión, la empresa manifestó que el pedido se toleró como excepción por sus conflictos personales. Sin perjuicio de ello, luego se lo intimó a regularizar la situación y el hombre se negó. |
