Buscar por Tribunal Juzgado de Familia Nº 8 de Córdoba

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FechaTítuloResumen
27-abr-2020MEE (Causa N°125)Una mujer y un hombre llegaron a un acuerdo sobre los alimentos de su hija. Luego, presentaron el convenio ante un juez, que lo homologó. No obstante, desde ese momento el hombre dejó de abonar las sumas correspondientes. Por ese motivo, se ordenó la retención de la cuota alimentaria de los haberes que percibía. Sin embargo, esa medida no pudo concretarse porque el progenitor fue desvinculado de su trabajo. En consecuencia, se dispuso embargar los bienes muebles de su domicilio. En ese marco, la actora solicitó que se intimara al hombre a abonar lo adeudado dentro del plazo de tres días. Además, pidió que si el incumplimiento persistía, se le fijaran medidas de apercibimiento de acuerdo a lo regulado por el artículo 553 del Código Civil y Comercial de la Nación. En concreto, requirió que se le retuviera la licencia de conducir y que se le suspendiera la renovación. Si bien el juzgado le dio vista al demandado, éste no la respondió.