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18-nov-2022Angulo Losada v. BoliviaEntre 2001 y 2002, una adolescente de dieciséis años sufrió reiterados episodios de violencia sexual por parte de su primo, que era diez años mayor. Al tomar conocimiento de esos hechos, el padre de la joven presentó una denuncia ante la policía. La adolescente declaró sola ante la fiscalía, dado que no le permitieron ingresar acompañada por su madre. Durante la entrevista, la fiscal efectuó preguntas que cuestionaban la veracidad de su relato. Por otra parte, le realizaron pericias ginecológicas y psicológicas que arrojaron que había sufrido violencia sexual.; En 2002 , la fiscalía presentó una acusación formal contra el primo de la adolescente por el delito de violación. Bajo la ley penal boliviana, el tipo penal de violación requería el empleo de violencia física o intimidación contra la víctima. El tribunal consideró que no se encontraba probada la violencia física y que la joven presentaba rasgos de personalidad fuerte que hacían inconcebible que hubiese sido intimidada. Por esa razón, modificó la calificación legal y condenó al imputado por una figura con una escala penal menor. Ambas partes recurrieron el fallo. La Corte Superior de Justicia de Cochabamba hizo lugar a las impugnaciones, anuló el fallo de primera instancia y reenvió las actuaciones para un nuevo juicio. En el segundo juicio, el tribunal interviniente absolvió al imputado. Contra esa sentencia, la acusación presentó un recurso que fue admitido por la Corte y dio lugar a la realización de un tercer juicio. En ese marco, en 2008 se llevó a cabo un nuevo examen ginecológico a la joven. Hasta la fecha, el proceso penal permanece paralizado dado que el imputado se encuentra en el extranjero y no se ha logrado su extradición.
7-nov-2022Tzompaxtle Tecpile y otros v. MéxicoEn el marco de una requisa vehicular realizada sin orden judicial, la policía detuvo a dos hombres por su presunta vinculación con el grupo guerrillero Ejército Popular Revolucionario. Los hombres fueron trasladados a una comisaría donde fueron interrogados y permanecieron incomunicados durante dos días sin ser informados de los motivos de su detención. A pedido del Ministerio Público, el juzgado interviniente dictó su arraigo por el plazo de noventa días sin escuchar a los detenidos. El arraigo era una medida administrativa de naturaleza pre-procesal prevista en el sistema legal mexicano que admitía la detención con fines investigativos ante un posible ilícito penal. Los hombres presentaron diversos amparos contra la resolución de arraigo que no prosperaron. Luego de tres meses, el Ministerio Público presentó una acusación formal contra los hombres por los delitos de terrorismo y cohecho. Además, solicitó la conversión del arraigo en prisión preventiva. El juzgado hizo lugar al pedido. Luego de dos años, los hombres fueron absueltos por el delito de terrorismo y condenados a tres meses de prisión por cohecho. Dado que la pena se encontraba cumplida, fueron liberados de forma inmediata.
9-sep-2022Pandemia y Derechos HumanosLa Comisión Interamericana de Derechos Humanos publicó un informe sobre la pandemia del Covid-19 y los derechos humanos. El informe da cuenta del impacto del Covid-19 en el ejercicio de diversos derechos y su impacto diferencial sobre algunos grupos sociales. Luego, analiza las medidas de contención y prevención adoptadas por los Estados en el marco de la pandemia y propone algunas directrices para que dichas medidas sean respetuosas de los derechos humanos.
10-nov-2021Profesores de Chañaral y otras municipalidades v. ChileEn 1981, durante la última dictadura militar en Chile, se creó una asignación especial no imponible destinada al personal docente estatal. El reconocimiento de la asignación fue irregular y a diversos docentes municipales se les negó el pago de ese beneficio. Por ese motivo, 846 personas iniciaron demandas laborales contra las municipalidades donde trabajaban. Los juzgados intervinientes resolvieron de manera favorable a los planteos y ordenaron el pago de la asignación. Sin embargo, las municipalidades alegaron que no tenían recursos económicos para hacer frente a los pagos de las deudas reconocidas y no cumplieron con las decisiones judiciales. Ante esa situación, los docentes iniciaron juicios ejecutivos. Bajo la norma chilena, no estaba determinado si la ejecución de sentencias laborales tramitaba bajo impulso procesal de parte o de oficio. Esa situación, sumada a la falta de presupuesto municipal, ocasionó diversos obstáculos y demoras en el trámite de los juicios. Luego de más de 20 años de proceso, las sentencias aún no se habían cumplido de manera integral. Por esa razón, los docentes presentaron una petición ante el sistema interamericano de derechos humanos. Al momento de llegar a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, los peticionantes tenían más de 60 años de edad y más de una quinta parte había fallecido.
2-nov-2021Manuela y otros v. El SalvadorA raíz de un cuadro de presión arterial alta, una mujer sufrió un aborto espontáneo que la hizo perder el embarazo que se encontraba cursando. Al día siguiente, fue trasladada e internada de urgencia en un hospital público. La médica que la atendió presentó una denuncia ante la fiscalía por el delito de aborto. Ese mismo día se ordenó el allanamiento de su vivienda, donde se encontró el cuerpo en el interior de una fosa. Por ese motivo, la mujer fue detenida y trasladada a un centro penitenciario. El tribunal interviniente la condenó a 30 años de prisión por el delito de homicidio agravado. Para decidir así, consideró que si la muerte del bebé hubiese sido accidental, la mujer hubiese buscado ayuda de forma inmediata. En ese sentido, entendió que la mujer había querido “desprenderse del producto del embarazo [por ser] producto de una infidelidad”. Durante su detención, el estado de salud de la mujer empeoró de forma notable. Al cabo de un año, se le detectó cáncer en estado avanzado y se le recetó quimioterapia. Sin embargo, el tratamiento médico que recibió en la unidad carcelaria fue irregular y deficiente y la mujer falleció mientras continuaba privada de su libertad. La familia de la mujer presentó un recurso de revisión contra la sentencia condenatoria. El tribunal sostuvo que la culpabilidad de la mujer se encontraba probada y declaró inadmisible la impugnación.
19-abr-2021Informe sobre la violación como una vulneración grave, sistemática y generalizada de los derechos humanosLa Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer realizó un informe temático sobre la violación de mujeres y niñas. Este documento, titulado “La violación como una vulneración grave, sistemática y generalizada de los derechos humanos, un delito y una manifestación de la violencia de género contra la mujer”, presenta recomendaciones para la prevención de la violación mediante la armonización de la legislación penal nacional con las normas y la jurisprudencia del ámbito internacional en la materia.
14-ene-2021Kargakis v. GreciaUn hombre había sido detenido en prisión preventiva en la penitenciaría de Diavata, Grecia. El hombre utilizaba una silla de ruedas para trasladarse y contaba un índice de discapacidad del 80%. Al momento de su detención, indicó que se encontraba bajo tratamiento por problemas cardíacos graves y diabetes. Durante su detención fue hospitalizado de urgencia en varias oportunidades. Los médicos le recomendaron una dieta estricta y mantenerse en un ambiente libre de humo de tabaco y de agentes patógenos. Sin embargo, en el establecimiento penitenciario compartía celda con fumadores y la comida no era adecuada a sus restricciones alimentarias. Además, el lugar no estaba adaptado para personas con discapacidad ni disponía de un sistema de apoyos. Por ese motivo, interpuso un recurso ante la justicia y solicitó el levantamiento de la prisión preventiva. En su presentación, acreditó sus problemas médicos y sostuvo que las malas condiciones de detención empeoraban su estado de salud. El juez de instrucción hizo lugar al recurso y dispuso la libertad condicional del hombre. En su decisión, consideró que no existía riesgo de reincidencia, pero no se refirió al estado de salud del hombre ni las condiciones de detención invocadas. Finalmente, el hombre fue condenado a una pena de cinco años de prisión.
24-nov-2020Recomendación General Nº 36El Comité de las Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación Racial emitió la Recomendación General Nº 36 sobre la prevención y la lucha contra la elaboración de perfiles raciales por parte de los funcionarios encargados del cumplimiento de la ley. El documento puso de relieve que cuestiones como la seguridad nacional, el control de fronteras y el acceso a los servicios sociales, el uso cada vez mayor de las nuevas tecnologías, los macrodatos, el reconocimiento facial, y la inteligencia artificial tienen el potencial de profundizar el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y otras formas de exclusión y violación de derechos humanos. Además, señaló que si bien en los procesos de toma de decisiones la inteligencia artificial podía contribuir a una mayor eficacia en determinadas áreas, existía un riesgo de sesgo algorítmico cuando se utilizaba en torno a la aplicación de la ley. En ese sentido, indicó que la elaboración de perfiles algorítmicos generaba serias preocupaciones y sus consecuencias podían ser muy graves.
10-nov-2020Olivares Muñoz y otrosEl 10 de noviembre de 2003, miembros de la Guardia Nacional (cuerpo de naturaleza militar que forma parte de la Fuerza Armada Nacional de Venezuela) ingresaron a la cárcel de Vista Hermosa. Durante el operativo, los agentes realizaron disparos e infligieron patadas y golpes con distintos objetos, incluidos palos y piedras, a varias de las personas privadas de libertad. Como consecuencia, fallecieron siete internos y veintisiete resultaron lesionados. La investigación de los hechos se inició el mismo día por parte de las autoridades competentes. Dentro de las diligencias llevadas a cabo, fueron practicadas las autopsias a los cadáveres de las siete personas fallecidas, seis de las cuales fallecieron por fracturas de cráneo debido a heridas por arma de fuego. Con posterioridad, fueron exhumados cinco de los cadáveres, a solicitud del Ministerio Público. En el informe de exhumación y autopsia se concluyó que no se les había practicado autopsia craneana durante la autopsia realizada con anterioridad, que no se habían tomado fotografías de los cuerpos ni se les realizó radiografía alguna. En marzo de 2004, el Ministerio Público solicitó que se emitiera orden de captura contra cuatro funcionarios de la Guardia Nacional. En noviembre de 2012, el Ministerio Público formuló acusación contra los cuatro imputados por el delito de homicidio calificado con alevosía. En junio de 2014 se dictó el auto de apertura de juicio, mediante el cual fue admitida la acusación del Ministerio Público. El Tribunal de Primera Instancia dictó sentencia en diciembre de 2016, absolvió́ a los acusados y dispuso su libertad.
20-jul-2020Valle Ambrosio y otro v. ArgentinaEl 23 de diciembre de 1997, la Cámara Novena del Crimen de Córdoba condenó a los peticionarios, Valle Ambrosio y Domínguez Linares, por la comisión de un delito de defraudación por administración fraudulenta calificada, en calidad de partícipes necesarios. Por tal motivo, se les impuso una pena de tres años y seis meses de prisión a cada uno. Contra esa resolución, la defensa de Domínguez Linares interpuso un recurso de casación. El 17 de diciembre de 1998, la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba declaró inadmisible el recurso. El 5 de febrero de 1999, la defensa de Domínguez Linares interpuso un recurso extraordinario que también fue declarado inadmisible. Finalmente, el 21 de marzo de 2000, la Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de queja interpuesto por la defensa. El 19 de febrero de 1998, la defensa de Valle Ambrosio interpuso un recurso de casación contra la sentencia condenatoria. En primer lugar, alegó que se aplicó erróneamente la ley sustantiva. También cuestionó la determinación de la pena por entenderla excesiva y carente de motivación. El 17 de diciembre de 1998, la Sala Penal del TSJC declaró la inadmisibilidad del recurso de casación. Contra esa decisión, el 4 de febrero de 1999, la defensa interpuso un recurso extraordinario que fue declarado inadmisible el 16 de junio de 1999. Finalmente, la Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de queja el 21 de marzo de 2000.