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29-sep-2016DT y AA v. CanadaUna mujer de nacionalidad nigeriana contrajo matrimonio en 2003. Mientras se encontraba embarazada su marido falleció y atravesó una conflictiva situación familiar. Por tal razón, decidió partir a Canadá, donde tuvo a su hijo, AA. El niño padecía diversos trastornos de salud, entre ellos, un trastorno por déficit de atención con hiperactividad por el que tomaba medicación y se le diseñó un plan de intervención especial en el ámbito educativo sujeto a supervisión constante. En este marco, efectuó una petición de asilo que fue rechazada. AA podía permanecer en Canadá y beneficiarse de los servicios de atención de salud y educación especial que necesitaba. Sin embargo, esto hubiese provocado la separación del niño y su madre, que era su única cuidadora. Ella, finalmente, fue expulsada de Canadá, por lo que ambos abandonaron ese país en agosto de 2011.
7-jul-2016Irene v. ArgentinaEl 7 de julio de 2016, se solicitó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos la adopción de medidas cautelares a favor de Irene, una niña de 12 años argentina que había sufrido una parálisis cerebral que le generaba una miopía severa y una importante limitación de su autonomía y sus movimientos. La niña necesitaba un sistema de apoyos conformado, principalmente, por un acompañante terapéutico escolar y un maestro integrador. Dichos apoyos especiales debían hacerle visual y auditivamente accesible los contenidos pedagógicos de la escuela, facilitar su inclusión social, brindarle asistencia para cubrir sus necesidades básicas de alimentación, higiene y cuidados posturales, y cuidarla en caso de tener episodios convulsivos o de ahogamiento. Dichas prestaciones fueron cubiertas por la Administración Provincial de Seguro de Salud de Córdoba hasta que un fallo de la justicia provincial las restringió. Entonces, se solicitó a la CIDH que disponga medidas cautelares por configurarse una situación de gravedad y urgencia en la que se encontraba en riesgo su vida e integridad personal.
6-jun-2016Gülcü v. TurquíaEn el año 2008, Gülcü, de quince años de edad, fue detenido por participar en una manifestación. Permaneció en prisión preventiva durante cuatro meses y, eventualmente, fue condenado a la pena de siete años y seis meses por pertenecer a una organización ilegal, difundir propaganda terrorista y arrojar piedras a los agentes de policía durante una movilización. Tras cumplir parcialmente la condena, fue liberado. Su caso fue reevaluado en 2012 por un tribunal de menores a raíz de una enmienda legislativa que dispuso que los menores de edad involucrados en manifestaciones no podían ser considerados terroristas.
23-may-2016Korneykova and Korneykov v. UcraniaEl presente caso fue iniciado por Viktoriya Korneykova y Denis Korneykov, madre e hijo nacionales de Ucrania. En enero de 2012, la peticionaria, que estaba embarazada de cinco meses, fue detenida por la policía bajo sospecha de haber cometido un robo y le dictaron prisión preventiva. Cuatro meses más tarde fue llevada al hospital de la maternidad de Járkov, donde dio a luz a su bebé. La peticionaria estuvo en todo momento custodiada por tres agentes de policía y encadenada de forma continua a su cama. Sólo le retiraron los grilletes durante el parto. En el centro donde estuvieron detenidos no se les brindó atención médica adecuada y la celda no estaba equipada para mujeres con bebés, era fría, húmeda y estaba mal iluminada. Además, no había agua caliente, existía un suministro irregular de agua fría y la alimentación que se les proporcionaba era insuficiente. La peticionaria fue mantenida en una jaula de metal durante las audiencias. Finalmente, en noviembre, ambos fueron liberados. La peticionaria denunció la situación que padeció. Sin embargo, la investigación criminal fue interrumpida en abril de 2013 por falta de pruebas. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos concluyó que se violó el artículo 3 del CEDH (prohibición de tratos inhumanos o degradantes) por el uso de grilletes en el hospital de maternidad, las condiciones de detención de la peticionaria y su hijo recién nacido, la inadecuada atención médica que se les brindó y la colocación de la peticionaria en una jaula de metal durante las audiencias judiciales.
23-mar-2016Blokhin v. RusiaEl peticionario fue detenido e interrogado en una comisaría rusa cuando tenía 12 años, acusado de extorsionar a un vecino de 9 años. En ese marco, sin estar acompañado de su tutor, psicólogo o abogado, confesó el delito que se le atribuía. Horas más tarde, cuando su abuelo se presentó en la comisaría, se retractó y señaló que era inocente. Por su parte, la presunta víctima y su madre declararon en la comisaría. En esa oportunidad, volvieron a acusar al peticionario por la extorsión. De acuerdo con su historial médico, el peticionario sufría un trastorno psiquiátrico; fue examinado por dos especialistas que le recetaron medicamentos y sugirieron que un médico lo revisara regularmente. Con anterioridad, se lo había acusado de cometer otros delitos. Sin embargo, no se lo imputó penalmente debido a su edad. Un tribunal ordenó que se lo internara con el fin de corregir su conducta. En el debate de esa decisión, no intervino la presunta víctima ni su madre. La detención se prolongó durante 30 días. Durante los meses siguientes, el abuelo y tutor del peticionario presentó varias quejas para que se volviera a examinar el caso. A tal efecto, argumentó que su detención había sido ilegal e incompatible con el estado de salud de su nieto. Sin embargo, en mayo de 2006 un tribunal reexaminó el asunto y rechazó el planteo.
21-mar-2016MW v. DinamarcaMW –de nacionalidad danesa– y S –austríaco– se encontraban en pareja y contaban con un hijo en común, OW. Todos convivían en Austria. Tras separarse de su marido, MW fue objeto de violencia física y verbal, acoso y hostigamiento por parte de él. Además, mediando violencia, S asumió el cuidado del niño. En ese momento, ambos progenitores recurrieron ante los tribunales de sus respectivos países para obtener la custodia exclusiva de su hijo, habiéndose dictado sentencias contradictorias: los tribunales austriacos se pronunciaron en favor de MW y los daneses en favor de S. En septiembre de 2010, MW fue detenida en Dinamarca por haber sacado ilegalmente a OW de Austria. En consecuencia, se le retiró la custodia del niño y se la otorgó a S.
11-feb-2016Mental Disability Advocacy Centre (MDAC) v. BulgariaMental Disability Advocacy Center, como peticionaria, denunció ante el Comité Europeo de Derechos Sociales la situación de los niños que viven en hogares para menores con discapacidades mentales en Bulgaria. En particular, se sostenía que los niños no concurrían a la escuela o asistían a instituciones cuyos maestros carecían de capacitación para instruirlos. Además, se afirmaba que los hogares no cumplían con los requisitos necesarios para ser considerados institutos educativos.
2-feb-2016N, TS and others v. GeorgiaLos niños implicados en el caso habían quedado al cuidado de sus tíos y abuelos maternos después de que su madre falleciera y su padre se hubiera visto involucrado en diversos conflictos relativos al consumo excesivo de estupefacientes. En este marco, después de haber efectuado un tratamiento especializado para tratar su adicción a las drogas, el progenitor solicitó judicialmente el regreso de los niños a su hogar. Los exámenes psicológicos que se les efectuaron a los niños en el marco del proceso judicial indicaron que sufrían un desorden de ansiedad por la separación y por la muerte de su madre y que tenían una actitud negativa hacia su padre. Los profesionales intervinientes recomendaron que, por el momento, no se realizara un cambio en su entorno a fin de evitarles mayor estrés. No obstante, por aplicación del artículo 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño y la normativa del Código Civil local, el tribunal concluyó que no existía fundamento legal para que los niños continuaran viviendo con su familia materna y que su mejor interés era reunirse con su padre. El día en que se debía hacer efectiva la sentencia, en presencia del personal de servicios sociales, los niños se negaron a ir con su padre. La tía materna presentó, en consecuencia, una demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en representación de sus tres sobrinos.
6-ene-2016Menlika v. GreciaEl señor Memlika se había realizado una serie de pruebas médicas. El director el hospital en el que se realizó los análisis le informó que sufría de lepra (enfermedad de Hansen). Su esposa y sus dos hijos fueron examinados y se concluyó que padecían la misma enfermedad. Todos fueron ingresados al centro hospitalario y fueron dados de alta el 2 de junio de 2011. Sin embargo, el director regional de salud pública para el oeste de Grecia les advirtió que los niños no debían regresar a la escuela sin el permiso de una junta médica. Ese requerimiento se encontraba previsto en el artículo 8 de la ley Nº 1137/1981. El 30 de junio de 2011, el señor Memlika asistió a un hospital especializado en enfermedades infecciosas y, tras realizarse una serie de pruebas, se demostró que no sufría lepra. En consecuencia, notificó los resultados a los servicios médicos y solicitó que habilite a sus hijos a ir a la escuela. El 15 de julio de 2011, el director regional respondió que los niños no podían volver a su centro educativo hasta que la junta médica los examinara. El año escolar comenzó a principios de septiembre. La junta médica examinó a todos los miembros de la familia el 8 de diciembre 2011 y encontró que ninguno de ellos tenía lepra. Al día siguiente, los niños concurrieron a la escuela. Sin embargo, el director se negó a admitirlos hasta que recibiese una copia de la decisión médica. Los niños recién pudieron regresar al colegio el 12 de diciembre de 2011.
17-nov-2015García Ibarra y otros v. EcuadorEl 15 de septiembre de 1992, José Luis García Ibarra, de 16 años, se encontraba con otras dos personas en una esquina del barrio de Codesa, perteneciente a la Parroquia Vuelta Larga de la ciudad de Esmeraldas, Ecuador. En ese sitio se produjo una discusión o forcejeo entre un agente de la Policía Nacional y una tercera persona en el que el primero, sin que medie justificación, hizo uso de su arma de dotación oficial contra García Ibarra. En el proceso penal no existió controversia acerca de que el autor del disparo fue el policía; únicamente se evaluó si su accionar fue intencional o accidental. La sentencia del tribunal de Esmeraldas contenía un voto diferente por cada uno de sus tres miembros, con un alcance o sentido contradictorio. Esa actuación irregular no fue subsanada por la Corte Suprema de Justicia a pesar de que encontró varias “irregularidades” en el proceso. El proceso interno se extendió durante más de 9 años y culminó con el dictado de una sentencia por la que se condenó al agente policial a la pena de 18 meses de prisión por el delito de homicidio “inintencional” (culposo).