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Resultados por ítem:
| Fecha | Título | Resumen |
|---|---|---|
| 4-dic-2025 | Habra y otros | En el marco de un proceso electoral, tres partidos políticos presentaron dentro de su nómina de precandidatos a personas fallecidas. Por ese motivo, un grupo de personas resultó procesado sin prisión preventiva por el delito de defraudación a la administración pública en concurso ideal con el delito de falsedad ideológica de documento público por hechos vinculados a distintos partidos políticos. Asimismo, el juez interviniente dispuso una serie de embargos y el congelamiento de las cuentas bancarias de las personas involucradas. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación, solicitó la nulidad del auto de mérito y del monto del embargo impuesto. |
| 7-ago-2025 | Quiroga | La representante del Ministerio Público Fiscal solicitó el archivo de una causa ante un juzgado federal con competencia electoral. La magistrada rechazó el pedido y consideró adecuado elevar las actuaciones en consulta al fiscal revisor. Contra esa resolución, el defensor oficial interpuso un recurso de apelación. |
| 15-jul-2025 | Villaver | En 2021 se realizó la campaña electoral correspondiente a las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias. En ese marco, un precandidato a senador nacional en el distrito de Córdoba efectuó una denuncia. Allí, aportó dos URL que dirigían a publicaciones en Facebook, donde figuraba un video en el que se reproducía una noticia falsa sobre su persona. En ese sentido, explicó que se había creado mediante el montaje de las voces de los periodistas y la suya con la intención de lesionar su imagen, honor y reputación, como así también, perjudicarlo electoralmente. Durante la instrucción de la causa, la empresa Facebook informó los datos del creador de la cuenta de pago registrada asociada a la campana publicitaria y las direcciones de IP de inicio de sesión. Así, se incorporaron elementos probatorios que indicaban que la cuenta publicitaria había sido creada por una mujer. Además, del registro de conexiones, surgía que el anuncio investigado había sido subido desde un IP situado en el mismo domicilio de la mujer, cuya titularidad pertenecía a su madre. Al momento de formular el requerimiento de instrucción, el representante del Ministerio Público Fiscal señaló que el video era un montaje y el audio de la supuesta entrevista estaba editado y formaba parte de dos entrevistas diferentes. En consecuencia, entendió que la conducta denunciada configuraba el delito previsto en el artículo 140 del Código Electoral Nacional. Por otro lado, la parte querellante sostuvo que la causa se enmarcaba en un contexto de autoría funcional donde habían participado más de una persona y que cada una había realizado un aporte para lograr el resultado típico. El juzgado federal con competencia electoral interviniente ordenó el procesamiento sin prisión preventiva de la mujer que había creado la cuenta de Facebook. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. Entre otras cuestiones, planteó que su asistida era trabajadora en relación de dependencia de una agencia de medios que disponía una cuenta corriente en la red social que permitía la creación de cuentas publicitarias. De ese modo, una vez abierto el usuario, se entregaban sus poderes de administración al contratante, que podía crear, editar y cargar contenido. |
| 24-oct-2024 | Fiori | Un hombre fue acusado de haber certificado la autenticidad de la firma ológrafa atribuída a una ciudadana en un formulario de renuncia a la afiliación a otra agrupación política. Durante la instrucción, se incorporó un informe pericial caligráfico que indicaba que la firma atribuida a la mujer no había sido realizada de puño y letra por ella. Finalmente, fue procesado sin prisión preventiva por el delito de falsedad ideológica, previsto en el artículo 293 del Código Penal. Contra ese auto, el hombre interpuso en forma in pauperis un recurso de apelación. |
| 4-sep-2024 | Posso Giangiordano | Una mujer había sido convocada a cumplir con la función de presidente de mesa y no se presentó. Por ese hecho, se le imputó el delito previsto en el artículo 132 del Código Electoral. Al momento de su declaración indagatoria, la mujer manifestó que se encontraba en curso un proceso penal contra su ex pareja por un intento de femicidio. El juzgado interviniente dispuso su procesamiento sin prisión preventiva por el delito previsto en el artículo 132 del Código Electoral Nacional. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. Entre sus argumentos, sostuvo que la imputación se había sustentado en que las explicaciones brindadas por la mujer no habrían sido suficientes como justificación de su inasistencia. |
| 6-ago-2024 | Moritán y otros | Un grupo de personas había denunciado al entonces Ministro de Economía por el dictado de medidas dentro de un plazo prohibido en función de la proximidad a las elecciones. En ese sentido, el objeto procesal se delimitó como “posibles infracciones al Código Electoral Nacional y su vinculación con posibles delitos penales”. Un letrado apoderado de una fundación había solicitado constituirse como parte querellante en el marco de un proceso. En su presentación, señaló que correspondía que se le adjudique ese rol en tanto el artículo 133 bis del Código Electoral hace pasible de sanción a los funcionarios que autorizaren o consintieran la publicidad en violación del artículo 64 quáter, como también el hecho podría ser tipificado bajo el artículo 248 del Código Penal. El juzgado de primera instancia no hizo lugar a lo solicitado. Contra esa decisión, el pretenso querellante presentó un recurso de apelación. En su dictamen, el representante del Ministerio Público Fiscal consideró que no se había demostrado la existencia de requisitos formales para ser considerado como parte querellante. |
| 21-mar-2024 | Nueva Izquierda | Un partido había presentado los estados contables correspondientes al ejercicio de 2020. El juzgado interviniente destacó que el partido no había declarado gastos mínimos para el desenvolvimiento institucional. En ese sentido, puso en duda la sinceridad de toda la rendición y no aprobó los estados contables. En su contestación de traslado, el partido señaló que no habían sido declarados gastos mínimos debido a que durante ese período no había tenido ningún tipo de desembolso. El juzgado interviniente entendió que no resultaba verosímil no haber tenido gastos para desenvolvimiento y decretó la pérdida del derecho a recibir contribuciones, subsidios y todo recurso de financiamiento público anual por un plazo de un año y los fondos para financiamiento de campaña por una elección (artículo 62, inciso f, de la ley N° 26.215). Contra esa decisión, la apoderada, el presidente y la tesorera del partido interpusieron un recurso de revocatoria con apelación en subsidio. El juzgado rechazó la reposición y concedió el recurso de apelación. En su dictamen, el representante del Ministerio Público Fiscal consideró que el origen y destino de los fondos con su correspondiente trazabilidad se encontraba determinado y concluyó que la decisión impugnada debía revocarse. |
| 12-mar-2024 | Peralta | Un hombre fue imputado por no haber constatado que una firma en la ficha de afiliación fuera auténtica y puesta de puño y letra. En la etapa de instrucción, la jueza interviniente decretó su procesamiento sin prisión preventiva. Para decidir de esa manera, consideró que se encontraba constatado, con la certeza relativa que la instancia requería, que el imputado no estaba presente al momento de ser firmadas las fichas de afiliación y formularios de renuncia presentados. Por esa razón, había omitido el deber legal de constatar personalmente la identidad del afiliado. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de apelación. |
| 6-mar-2024 | Celli | En el marco del reconocimiento de la personalidad jurídico-política del “Partido Solidario” en el distrito de Neuquén, la representante del Ministerio Público Fiscal formuló un requerimiento de instrucción contra una persona. Adujo que, como autoridad certificante partidaria, habría omitido comprobar la autenticidad de las rúbricas insertas en las fichas de desafiliación y afiliación correspondientes a una mujer que habría fallecido con anterioridad a la fecha de suscripción. Por esa razón, la firma allí inserta no correspondería a la ciudadana en cuestión. Luego, la fiscal postuló el sobreseimiento de la persona imputada. Sin embargo, el juzgado interviniente declaró inadmisible el dictamen y remitió las actuaciones al fiscal revisor. Contra esa decisión, la representante del Ministerio Público Fiscal interpuso un recurso de apelación. |
| 28-nov-2023 | Ponce (causa N° 8751) | Una persona que era diabética había sido designada como autoridad de mesa en una elección. La noche anterior sufrió un pico de hiperglucemia. Por esa razón, no pudo cumplir con esa obligación. Entonces, fue imputada por el delito previsto en el artículo 132 del Código Electoral Nacional. En la audiencia de descargo, la persona presentó certificados médicos que daban cuenta del cuadro clínico alegado. El representante del Ministerio Público Fiscal entendió que la instrucción no se encontraba completa. En ese sentido, explicó que resultaba prudente conocer la autenticidad de los documentos y solicitó la producción de medidas probatorias. El juzgado de instrucción interviniente rechazó el pedido. Para decidir de esa manera, indicó que la situación procesal de la persona se encontraba resuelta y que esas medidas podían llevarse a cabo en la etapa de juicio. Contra esa decisión, la representante del MPF interpuso un recurso de apelación. Entre otras cuestiones, manifestó que tales medidas eran necesarias para poder formar una opinión que clausurara esa etapa procesal y que, sin su producción, se encontraba impedida de evaluar de manera debida si se debía continuar o no con el proceso hacia la etapa siguiente. |
