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Fecha | Título | Resumen |
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dic-2022 | La triple filiación en la jurisprudencia argentina | Jurisprudencia nacional sobre triple filiación. |
1-abr-2009 | Trono, Blanca María | El tribunal oral rechazó la suspensión del proceso a prueba requerida por la imputada. Ello, tomando en consideración, en particular, su condición de escribana y, consecuentemente, de funcionaria pública. La decisión fue impugnada por la defensa. |
29-nov-2017 | Trujillo (Causa Nº48462) | Una persona fue imputada por el delito de robo. En la etapa de juicio oral, suscribió un acuerdo conciliatorio con la víctima. En dicha oportunidad, se pactó el pago de seiscientos pesos en concepto de reparación y se ofrecieron disculpas. El damnificado aceptó la propuesta y manifestó que no poseía interés en continuar con el trámite el expediente. La fiscalía se expidió de manera favorable a lo acordado. |
14-nov-2018 | Trujillo Calero v. Ecuador | En el año 2003, el Instituto Ecuatoriano de la Seguridad Social (IESS) le negó la petición de jubilación especial a la afiliada Calero Trujillo. Según los representantes del IESS, no reunía los requisitos exigidos en la normativa legal vigente. La afiliada había realizado aportes jubilatorios equivalentes a 29 años de trabajo. De los 305 aportes que realizó, aproximadamente la mitad de ellos fueron aportes voluntarios efectuados entre 1981 y 1995, cuando realizaba el trabajo de cuidados no remunerados en su hogar, a cargo de sus tres hijos. Durante un período de ocho meses, iniciado en 1989, la señora Trujillo interrumpió sus pagos voluntarios, aunque los pagó completamente en forma retroactiva en abril de 1990. Posteriormente, continuó con sus aportes al sistema hasta 2001, cuando el personal del IESS le informó varias veces que cumplía los requisitos para acceder a la jubilación temprana si renunciaba al trabajo remunerado que tenía en ese momento. En consecuencia, renunció y solicitó la jubilación temprana. Tras una serie de decisiones administrativas negativas entre 2002 y 2003, el IESS le rechazó la solicitud de jubilación porque no contaba con el mínimo de 300 aportes obligatorios. Esto, debido a que interrumpió durante ocho meses los pagos voluntarios y quedó fuera del sistema jubilatorio, lo que invalidaba todos sus pagos voluntarios posteriores. La peticionaria no fue informada hasta el año 2007 sobre estas decisiones administrativas. Entonces, apeló sin éxito una de las decisiones ante el IESS. Posteriormente, ni la Corte de Distrito Nº 1 del Tribunal Administrativo en lo Contencioso de Quito, ni el Tribunal Nacional de Justicia ni la Corte Constitucional dieron trámite a su petición. |
27-oct-2015 | TRV | La imputada había ocultado su embarazo y dado a luz en el baño de su lugar de trabajo. Luego, envolvió a la recién nacida en una bolsa y la arrojó a la basura. Una persona encontró a la niña, que recibió atención médica y logró sobrevivir. Por este hecho, se le atribuía a la mujer la comisión del delito de homicidio agravado por el vínculo, en grado de tentativa. |
22-abr-2020 | Tuboeff (causa N° 12327) | Una mujer había sido condenada por el delito de robo agravado por el uso de arma en grado de tentativa a la pena única de cuatro años de prisión. La sentencia no había adquirido firmeza. La mujer se encontraba alojada en el Complejo Penitenciario Federal IV y había sufrido episodios de espasmos bronquiales compatibles con un cuadro asmático, por lo que recibía tratamiento médico. Sin embargo, no había podido programar una interconsulta con un neumonólogo. Frente a la situación de emergencia, la defensa solicitó que se le concediera el arresto domiciliario. La División de Asistencia Social de la unidad elaboró un informe en el que explicaba la conveniencia de que la mujer estuviera detenida en su domicilio. El Tribunal Oral rechazó el pedido. Para decidir de esa manera sostuvo que la mujer recibía cuidados médicos y medicación en su lugar de alojamiento. Además, explicó que el SPF había adoptado medidas con el fin de evitar la propagación del COVID-19 en los establecimientos carcelarios. En ese sentido, agregó que no se había probado que las personas privadas de libertad estuviesen expuestas a una mayor probabilidad de contagio que el resto de la población. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación, que fue concedido. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional consideró que el tribunal no había evaluado si la mujer se encontraba comprendida dentro de la población de riesgo frente a la pandemia. Por esa razón anuló la decisión judicial y remitió las actuaciones al tribunal de origen para que dictara una nueva resolución. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal se expidió a favor de la concesión de la prisión domiciliaria. |
21-oct-2014 | Tulián, Juan Pablo | El imputado había sido procesado como supuesto responsable de distintos hechos de comercialización de estupefacientes agravados por ser realizados en las inmediaciones de establecimientos educativos. Asimismo, tres de ellos fueron calificados por haber tenido lugar en perjuicio de menores de edad. Dicha decisión motivó que la defensora interpusiera un recurso de apelación. |
20-nov-2020 | Tulini (casa N° 247689) | En el año 1997, una mujer junto a su pareja solicitó los beneficios de la ley Nº 24.374 (Ley Pierri). La norma establecía un régimen de regularización dominial en favor de ocupantes que acreditasen la posesión pública, pacífica y continua durante tres años, con anterioridad al año 1992, y su causa lícita, de inmuebles urbanos que tuvieran como destino principal el de casa habitación única y permanente. Por ese motivo, la pareja declaró bajo juramento poseer en forma pública, pacífica, continua y con causa lícita desde el año 1980 un inmueble que habitaban en la ciudad de La Plata. Además declararon que no eran titulares de otro inmueble con capacidad para satisfacer sus necesidades de vivienda y que no habían solicitado en jurisdicción alguna los beneficios de la Ley 24.374, ni de ningún otro régimen de regularización dominial o plan de vivienda social. Entonces, se procedió a la inscripción del acta de solicitud. Sin embargo, el procedimiento no fue finalizado. Con posterioridad, la pareja contrajo una deuda con un particular. Ante el incumplimiento de la obligación, el acreedor judicializó su reclamo y obtuvo sentencia a su favor. Entonces, ejecutó su sentencia y pretendió cobrar su crédito a través de una subasta pública de la vivienda. En el transcurso del proceso, la pareja de la mujer falleció. En ese contexto, la mujer jubilada y con problemas de salud (artritis e hipertensión arterial) solicitó la suspensión de la subasta. En particular, alegó que su vivienda era inembargable e inejecutable automáticamente porque se encontraba afectada como bien de familia según la ley de la provincia de Buenos Aires Nº 14.432. A su turno, la parte actora solicitó la inconstitucionalidad de la norma por entender que era de una competencia del Congreso Nacional no delegada a las provincias. El juzgado declaró la inconstitucionalidad de la ley provincial y desestimó la solicitud de la mujer. Contra esa decisión, interpuso un recurso de apelación. |
18-sep-2017 | Tuzain (reg. Nº 1010 y causa Nº 38424) | Una persona detenida cumplió el lapso temporal requerido para obtener la libertad condicional. Entonces, su defensa solicitó que se le concediera la libertad condicional. Al momento de realizar la petición, tenía conducta ejemplar (10) y concepto muy bueno (7). El Consejo Correccional se expidió por unanimidad de manera positiva respecto del pedido de la defensa. El Fiscal dictaminó que el egreso al medio libre del penado se debía llevar a cabo “de manera paulatina y progresiva”. Por eso, en atención a que no había gozado de salidas transitorias, rechazó el otorgamiento de la libertad condicional. El Juzgado de Ejecución rechazó el pedido de la defensa por considerar determinante la oposición fiscal. Luego, se incorporó al expediente un nuevo dictamen del Consejo Correccional sobre la concesión de la libertad condicional en el que se volvía a expedir de forma positiva. Contra la decisión del Juzgado de Ejecución, la defensa interpuso un recurso de casación. |
22-mar-2018 | TVF (73023789 2011) | Una mujer inició una acción de amparo contra la ANSeS a fin de que se rehabilite el beneficio correspondiente a la asignación universal por hijo (decreto Nº 1602/09) y se le paguen, retroactivamente, las prestaciones que había dejado de percibir en noviembre de 2009. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la acción y ordenó a la demandada que le brinde la asignación y le abone las prestaciones devengadas desde mayo de 2010. En consecuencia, la administración interpuso un recurso de apelación. La Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario hizo lugar al recurso. A tal efecto, sostuvo que la demanda de amparo se dedujo pasado el plazo de caducidad de quince días previsto por la ley Nº 16.986 desde el momento en que tuvo lugar el acto que se consideraba lesivo. Por ese motivo, consideró extemporánea la demanda y revocó la sentencia. Contra este pronunciamiento, la actora interpuso un recurso extraordinario federal. |
7-nov-2022 | Tzompaxtle Tecpile y otros v. México | En el marco de una requisa vehicular realizada sin orden judicial, la policía detuvo a dos hombres por su presunta vinculación con el grupo guerrillero Ejército Popular Revolucionario. Los hombres fueron trasladados a una comisaría donde fueron interrogados y permanecieron incomunicados durante dos días sin ser informados de los motivos de su detención. A pedido del Ministerio Público, el juzgado interviniente dictó su arraigo por el plazo de noventa días sin escuchar a los detenidos. El arraigo era una medida administrativa de naturaleza pre-procesal prevista en el sistema legal mexicano que admitía la detención con fines investigativos ante un posible ilícito penal. Los hombres presentaron diversos amparos contra la resolución de arraigo que no prosperaron. Luego de tres meses, el Ministerio Público presentó una acusación formal contra los hombres por los delitos de terrorismo y cohecho. Además, solicitó la conversión del arraigo en prisión preventiva. El juzgado hizo lugar al pedido. Luego de dos años, los hombres fueron absueltos por el delito de terrorismo y condenados a tres meses de prisión por cohecho. Dado que la pena se encontraba cumplida, fueron liberados de forma inmediata. |
12-may-2015 | U, CML c. SM, OS | La parte actora solicitó la intervención de la Corte Suprema para poner fin a la privación de justicia que se le había impuesto. La accionante manifestó que, después de haberse dictado sentencia en un expediente sobre filiación, la parte demandada realizó múltiples pedidos de recusación del juez de primera instancia y del tribunal de segunda instancia y que, con motivo de esos planteos, el proceso de ejecución de sentencia quedó paralizado y sujeto a la suerte de los incidentes formados. |
4-abr-2019 | UAE (causa N° 62756) | Un niño padecía autismo, trastornos hipercinéticos y retraso mental moderado. En el año 2009 había ingresado a la sala de 3 años del nivel inicial de un establecimiento educativo, donde se encontraba acompañado por una maestra integradora durante toda la jornada escolar. Durante el transcurso del nivel correspondiente a la sala de 5 años, el establecimiento notificó a los padres que el niño no podía continuar en la institución. Por ese motivo, iniciaron una demanda por daño moral por discriminación. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la acción. Contra esa decisión, la institución interpuso un recurso de apelación porque consideró que la acción se encontraba prescripta. |
26-ago-2016 | Uballes (reg. N° 1060 y causa N° 14216) | Un hombre había sido condenado por delitos de lesa humanidad a una pena de prisión. El condenado era padre de una niña de 16 años que padecía parálisis cerebral espástica, retraso mental profundo, cuadriplejia espástica y ceguera, entre otras patologías. Frente a ese contexto, la defensa solicitó que se le concediera el arresto domiciliario. El Tribunal Oral rechazó el pedido. Contra esa decisión, la defensa interpuso recurso de casación y, en oportunidad de celebrarse la audiencia ante la Cámara, advirtió que la madre de la menor se encontraba con un complicado cuadro de salud que le impedía brindar adecuado cuidado a su hija. |
13-may-2018 | Ulay v. Turquía | Ulay fue detenido e interrogado por la policía por la presunta comisión de un homicidio. Durante la reconstrucción de los hechos, confesó que había matado a la víctima con el propósito de robar sus alhajas. Su testimonio fue registrado en un formulario con un mensaje pre-impreso que indicaba que la persona indagada había sido informada sobre su derecho a mantener silencio y designar un abogado. Sin embargo, el imputado no contó con asistencia letrada al ser interrogado ni al participar en otras medidas probatorias. Al momento de los hechos, la legislación turca disponía que la asistencia técnica de las personas menores de edad era obligatoria. Ulay cumplió dieciocho años mientras se desarrollaba el proceso penal. Al ser entrevistado por el Fiscal, solicitó ser asistido por un abogado y, si bien mantuvo sus dichos, expresó que había sido sometido a malos tratos en su primer encuentro con la policía. Los informes médicos indicaban que no tenía heridas. Durante el juicio, Ulay negó sus declaraciones previas y expresó que había sido coaccionado por la policía. Sin perjuicio de esto, fue condenado. Aunque la sentencia fue revocada en dos oportunidades, finalmente, se le impuso la pena de 21 años de prisión. |
14-oct-2021 | Ullate (Causa N° 73543) | Un hombre interpuso una acción de amparo contra el municipio Serrano y el Comité Interjurisdiccional de la Región Hídrica del Noroeste de la Llanura Pampeana. Dado que, el hombre era damnificado de la contaminación que se había denunciado en una causa anterior interpuso su reclamo ante el ante el Juzgado Federal de Rio Cuarto que había intervenido en la causa anterior. En esa oportunidad, solicitó que se declarara la nulidad de las obras de canalización y liberación de residuos peligrosos que se encontraban en la laguna de Gregoris. Asimismo, pidió que se ordenara la realización de estudios de impacto ambiental sobre la laguna. Por su parte, el juez federal se declaró incompetente. Para decidir así, expresó que la competencia era originaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de conformidad con el artículo 117 de la Constitución Nacional. |
31-mar-2022 | Ullúa (reg. N° 203 y causa N° 33013793) | Un hombre había sido condenado a una pena de diecisiete años de prisión por la comisión de delitos previstos en el Código Aduanero. Durante su detención, en 1994, se recibió de abogado y cursó una maestría. En 2011 se promulgó la ley N° 26.695 que modificó la ley N° 24.660 e incorporó el instituto de estímulo educativo. En diciembre de 2020, fue condenado a una pena de prisión perpetua por hechos encuadrados como crímenes de lesa humanidad. El tribunal interviniente dispuso la unificación de ambas condenas y estableció una pena única de prisión perpetua. La defensa solicitó la aplicación del estímulo educativo en razón de los cursos realizados por su asistido. El tribunal rechazó el pedido. Entre sus argumentos, tuvo en cuenta que los estudios habían sido cursados durante la primera detención. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, planteó que el tribunal había aplicado de manera errónea la ley sustantiva. Sobre este aspecto, sostuvo que no debían fragmentarse los logros académicos de su asistido ya que había sido condenado a una pena única. Además, explicó que la resolución había vulnerado el principio de retroactividad de la ley penal más benigna. |
ago-2020 | Unanimidad en el juicio por jurados (infografía) | Infografía comparada sobre la unanimidad en el juicio por jurados en Argentina y Estados Unidos |
11-jul-2019 | Unidad 29 (Causa Nº 81259) | La Comisión de Cárceles de la Defensoría General de la Nación realizó un informe de monitoreo en la Unidad 29 del SPF. A partir de la visita, se relevó que en todas las celdas colectivas había hasta dieciséis personas y en las celdas individuales hasta tres. A su vez, se registró el pernocte de 79 personas en un espacio físico que no permitía acomodar colchones para todos. Por otra parte, se informó del alojamiento de personas hasta por períodos de dos meses. Sobre la infraestructura, se registró que existe una sola ducha, con agua fría, en el sector masculino y que todas las descargas de los sanitarios estaban fuera de funcionamiento. Por último, se señaló que la Unidad 29 no tiene luz ni ventilación natural y que las personas alojadas no cuentan con espacio para la recreación. A partir del informe de monitoreo, la Comisión de Cárceles denunció el agravamiento de las condiciones de detención. Entonces, el titular del Juzgado interviniente realizó una inspección ocular. En esa oportunidad, el Jefe de Seguridad Interna de la Unidad 29 explicó que había personas detenidas desde hacía dieciocho días por la falta de cupo en los diferentes Complejos Penitenciarios. Además, manifestó que no tenían calefacción los fines de semana porque apagaban las calderas. |
25-nov-2015 | Unidad 33 | En este caso, el Juez de Ejecución había realizado una visita institucional a la Unidad 33 de Los Hornos en la que se alojaban mujeres madres con sus hijas e hijos y mujeres embarazadas. |