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FechaTítuloResumen
8-ago-2007STLos padres de un niño con discapacidad, de acuerdo a la prescripción de su médico neurólogo, solicitaron que la obra social les cubra la escolaridad común con el apoyo de una maestra integradora. Ante la negativa, iniciaron una acción de amparo y solicitaron, como medida cautelar, que se les brinde la cobertura. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la petición. La demandada interpuso un recurso de apelación.
30-jun-2009VADUn niño con discapacidad asistía a una escuela privada y su obra social se hacía cargo de la cobertura de la maestra integradora. Sus padres solicitaron que, además, se le cubrieran los gastos del establecimiento educativo. Ante la negativa, interpusieron una acción de amparo y requirieron que se disponga una medida cautelar. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la petición y ordenó cumplir con la cobertura de la escolaridad.
16-abr-2010HRADos hermanos con discapacidad concurrían a un centro educativo terapéutico en razón de la cobertura que le brindaba su obra social. En determinado momento, el instituto educativo notificó a sus padres que los aportes efectuados por la obra social resultaban insuficientes. Por ese motivo, una vez que finalizara el convenio vigente entre las dos instituciones, dejarían de prestarles asistencia terapéutica a sus hijos. Los padres solicitaron a la obra social la cobertura total e integral de los gastos derivados de la atención en el centro educativo. La obra social rechazó el pedido y les ofreció que concurrieran a otras unidades educativas. En consecuencia, iniciaron una acción de amparo. El juzgado de primera instancia rechazó la acción. La decisión fue impugnada.
24-nov-2011CCHUna persona con discapacidad asistía a un centro de rehabilitación en razón de la cobertura parcial que le brindaba su obra social. Debido a que no podía solventar la diferencia, solicitó a la obra social, a la Comisión Nacional Asesora para la Integración de las Personas Discapacitadas, al Servicio Nacional de Rehabilitación y Promoción de la Persona con Discapacidad y al Ministerio de Salud, la cobertura integral de la prestación y la regularización de los montos que se le adeudaban al Centro de Día al que concurría. Ante la negativa, su madre interpuso una acción de amparo. El juzgado de primera instancia hizo lugar al amparo y ordenó al servicio Nacional de Rehabilitación y al Ministerio de Salud, como medida cautelar, la cobertura total de la prestación y la regularización de lo adeudado. El Servicio Nacional de Rehabilitación y el Ministerio de Salud interpusieron recursos de apelación.
18-jun-2014NVA (causa Nº 4892)Un matrimonio de dos mujeres con problemas de fertilidad –una de ellas, tenía antecedente de histerectomía y, la otra, ooforectomía y salpingectomía– requirió a su obra social la cobertura de fertilización in vitro de alta complejidad con donación ovocitaria y espermatozoides. La obra social denegó la prestación. A tal fin, argumentó que la práctica solicitada no encuadraba en la normativa vigente. En consecuencia, las actoras iniciaron una acción de amparo.
16-dic-2014T, MEn el marco del expediente sobre la capacidad jurídica de la actora, el juez de primera instancia desestimó el pedido de una medida cautelar de no innovar a fin de que la obra social mantenga la cobertura íntegra de la residencia de la actora en el Hostal de Salud Mental. Ello, en atención a la comunicación de la obra social que informaba a la madre de la actora que dejaría de sostener el costo de la residencia. La Defensoría Pública de Menores e Incapaces y la Defensora Pública Curadora interpusieron recurso de apelación.
26-feb-2015Feniello Felisa Rosa c. Unión PersonalLa actora, quien se había desempeñado como empleada dependiente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, inició una acción de amparo a fin de que se mantuviera su afiliación a la obra social demandada luego de otorgado el beneficio jubilatorio. Por aplicación de lo dispuesto en los arts. 8, 9 y 10 de la ley 23.660, la obligación de cobertura de la obra social demandada subsistiría por un plazo de tres meses a partir de la desvinculación laboral del afiliado, a cuyo término vence y correspondería -según la demandada- la cobertura del INSSPJP. El juez de primera instancia hizo lugar a la acción interpuesta y, en consecuencia, condenó a la obra social demandada a mantener en forma definitiva la afiliación de la actora y de su esposo, con costas.
16-jun-2015P, A c. Comisión Nacional Asesora para la Integración de las Personas DiscapacitadasLa accionante demandó al Servicio Nacional de Rehabilitación y a la Comisión Nacional Asesora para la Integración de las Personas Discapacitadas para que brinde la cobertura total de las prestaciones que requería con motivo de su discapacidad. El juez de grado rechazó la acción. Contra dicha resolución, la parte actora interpuso recurso de apelación. La Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal hizo lugar a la impugnación. En consecuencia, condenó a la demandada a brindar la cobertura total de las prestaciones. El representante del Servicio Nacional de Rehabilitación dedujo recurso extraordinario, cuya denegación motivó la presentación de un recurso de queja.
17-sep-2015RAM c. IAPOSEn este caso la actora, una mujer afiliada a la obra social demandada, inició un amparo contra su obra social a fin de que le brinde la cobertura del tratamiento de fertilización de alta complejidad con donación de gametos. La demandada se había negado a brindar la cobertura alegando que, conforme disposiciones internas, los afiliados que no se encuentren casados ni posean pareja conviviente no pueden acceder a los tratamientos de fertilización asistida.
30-sep-2015L, E S P c. CEMIC y otroLa actora solicitó por vía de amparo que se ordene a su obra social la cobertura plena de la medicación prescripta por su médica tratante. La parte demandada solicitó el rechazo de la acción en virtud de que la medicación citada ha sido autorizada por la ANMAT para una patología determinada diferente a la que la actora presenta y que una de las cláusulas de su reglamento general de afiliación dispone que no se brindará cobertura a tratamientos no reconocidos por institutos oficiales y científicos. La sentencia de grado hizo lugar al amparo y ordenó la entrega de la droga, sujeto a la prescripción médica y evolución de la paciente. La decisión fue impugnada. La Sala L de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia. Con posterioridad, sin embargo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó sin efecto la resolución dictada por la Cámara por haber omitido analizar si la cobertura del medicamento era un mandato obligatorio incorporado al específico plan prestacional de la demandada frente a la demandante.
14-oct-2015MIEl médico de un niño con discapacidad, a los fines de contar con un lenguaje alternativo y favorecer su rehabilitación, solicitó la utilización de una tablet para su tratamiento. Sus padres solicitaron a la obra social la compra del dispositivo. Ante la negativa, iniciaron una acción de amparo y solicitaron una medida cautelar. El juzgado de primera instancia hizo lugar a lo solicitado, lo cual fue confirmado por segunda instancia. En consecuencia, la demandada interpuso un recurso de apelación.
dic-2015CSJN (civil)Jurisprudencia civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (2015)
11-mar-2016O, RA c. Obra Social del SOMUUna persona sufrió un accidente cerebro vascular. En consecuencia, solicitó a la obra social demandada que cubriera los costos de una operación que debía realizarse de forma urgente. La obra social se negó a brindar la cobertura en virtud de que el amparista había obtenido su beneficio jubilatorio y, al momento de iniciar las actuaciones, se encontraba afiliado a PAMI. La actora interpuso acción de amparo. El Juzgado Federal Nº 2 de Mar del Plata hizo lugar a la demanda. La demandada apeló tal decisión.
29-mar-2016C, A y otro c. OSPJNUna pareja había solicitado a la Obra Social del Poder Judicial de la Nación (OSPJN) la cobertura integral del tratamiento de fertilización in vitro mediante técnica ICSI con ovodonación. La obra social rechazó el pedido con fundamento en que no cubría los procedimientos en los que se emplearan gametos no pertenecientes a la pareja por no estar reglamentada su donación. Los actores promovieron una acción de amparo –con una medida cautelar– contra OSPJN y el Estado Nacional para que se declare la ilegitimidad del acto que rechazó la solicitud de la cobertura y, en consecuencia, se ordene la cobertura integral del tratamiento, en un centro médico determinado inscripto en el Registro Federal de Establecimientos de Salud (ReFES) y que cuenta con banco de gametos. El juez de grado admitió la medida cautelar. La demandada apeló esa resolución.
5-ago-2016B, JLUna persona fue trasplantada dos veces por padecer síndrome urémico hemolítico. Con posterioridad, se le prescribió una medicación complementaria que se le suministró hasta 2015, momento en el que se le dejó de renovar el certificado de discapacidad. A partir de esa fecha, su obra social comenzó a hacerse cargo sólo de una parte del tratamiento. En consecuencia, interpuso una acción de amparo contra su obra social y requirió, como medida cautelar, la cobertura íntegra de los medicamentos que se le indicaron.
9-may-2017FJRUn afiliado a la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires (ObSBA) tenía programada una cirugía en un sanatorio de la CABA. Sin embargo, la intervención quirúrgica fue suspendida y la afección que sufría el paciente se agravó. En consecuencia, inició una demanda por mala praxis contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos aires, ObSBA, el cirujano y el sanatorio (que, posteriormente, se determinó que era parte integrante de la obra social) y reclamó los daños que le ocasionó la defectuosa atención que recibió. El juzgado de primera instancia rechazó la demanda. Respecto al GCBA, se hizo lugar a una excepción de falta de legitimación pasiva. Respecto al médico y al centro asistencial, se decidió que, en el marco de la relación contractual, existía entre las partes sólo una relación de medios, por lo que tampoco se responsabilizó a la obra social. Contra esa decisión, el actor interpuso un recurso de apelación.
jun-2017Derecho a la educación inclusivaJurisprudencia internacional y nacional sobre el derecho a la educación inclusiva
23-jun-2017ZNUna persona inició una acción de amparo en representación de su hijo con discapacidad (tenía cuadriplejia espástica) contra dos obras sociales con el objeto de obtener la cobertura integral de un asistente terapéutico, servicios e insumos necesarios para su salud y otros tratamientos. El juzgado Federal Nº 2 de Córdoba hizo lugar a la acción en todos sus términos y ordenó la cobertura total de los gastos requeridos por el afiliado. Dicha resolución quedó firme. Con posterioridad, el amparista presentó un escrito de inicio de ejecución de sentencia, oportunidad en la que solicitó la provisión de una silla de ruedas motorizada. El juez hizo lugar a lo peticionado. Las accionadas interpusieron un recurso de apelación contra esa resolución.
10-ago-2017VBELos padres de una niña con desarrollo de la pubertad precoz solicitaron, por indicación médica, a una obra social y a una empresa de medicina prepaga la cobertura total de un medicamento para el tratamiento de su hija. Ante el silencio de la obra social, interpusieron una acción de amparo y requirieron, como medida cautelar, la cobertura total del fármaco. El tribunal de primera instancia hizo lugar al reclamo. Contra dicha resolución, la demandada interpuso un recurso de apelación.
28-ago-2017CMV (28 8 17)Una mujer con discapacidad (hipoparatiroidismo severo) solicitó a su obra social, mediante indicación médica, la cobertura de la hormona paratiroide recombinante 1-84 inyectable (Ntpara shire). Ante la negativa de la entidad, inició una acción de amparo y solicitó como medida cautelar la cobertura integral del medicamento. Posteriormente, CVM fue despedida de su empleo. Ante esta circunstancia, la ANSeS le otorgó un seguro desempleo por el término de un año; sin embargo, se quedó sin obra social. Entonces, concurrió al Ministerio de Desarrollo a fin de anotarse en el monotributo social y optar por su obra social (Unión Personal). Al concurrir a esa delegación le informaron que debía esperar tres meses para solicitar un turno y, un año después, se le concedería el monotributo y se la afiliaría a la obra social. En consecuencia, solicitó una segunda medida cautelar para que se la asociara nuevamente a la obra social y contar, sin interrupción, con la cobertura integral de la medicación que requería.