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FechaTítuloResumen
7-abr-2009MMJ (causa Nº H510828)Una entidad bancaria tomó conocimiento de que un empleado tenía HIV. A partir de eso, se lo evaluó negativamente y se lo trasladó a otra sucursal. Finalmente, el empleado, se acogió a un plan de retiro voluntario. En este marco, alegó haber sufrido discriminación porque tenía HIV y por su orientación sexual. En consecuencia, inició una demanda por daños y per-juicios contra la entidad. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la demanda. En esa oportunidad, se reconoció que el retiro del empleado debía presumirse como un acto discriminatorio y que estaba a cargo del empleador demostrar lo contrario. Contra dicha decisión, la parte demandada interpuso un recurso de apelación.
31-jul-2012Furlan y familiares v. ArgentinaEn el año 1988, Sebastián Furlan, quien por entonces tenía 14 años de edad, recibió el impacto de un travesaño que cayó sobre su cabeza y le ocasionó una fractura de cráneo y daños cerebrales graves. En ese momento, se encontraba jugando con otros niños en un campo de entrenamiento militar abandonado por el Ejército, en la localidad de Ciudadela, provincia de Buenos Aires. El padre de Sebastián, Danilo Furlan, inició una acción de daños y perjuicios contra el Estado Nacional a fin de obtener el resarcimiento por los daños sufridos por su hijo y obtener los medios necesarios para una adecuada rehabilitación. El referido proceso civil demoró aproximadamente 12 años y tres meses y fijó una indemnización en pesos. Sin embargo, por aplicación de la ley 23.982 sobre consolidación de deudas, dicho crédito fue cancelado mediante la suscripción de bonos cuyo monto total recién se podía cobrar en el año 2016.
27-nov-2012Rodríguez Pereyra, Jorge Luis y otra c. Ejército ArgentinoEl actor inició un reclamo de daños y perjuicios contra el Ejército Argentino por las lesiones sufridas mientras cumplía con el servicio militar obligatorio. La Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata confirmó el pronunciamiento de primera instancia en cuanto admitió, con fundamento en normas de derecho común, el reclamo indemnizatorio del actor y elevó el monto de la condena. Contra tal pronunciamiento, el demandado interpuso recurso extraordinario por encontrarse en juego el alcance e interpretación de la ley federal 19.101 para el personal militar y sus decretos reglamentarios. Estas normas establecen un sistema resarcitorio especial "para el personal de alumnos y conscriptos" que "como consecuencia de actos de servicio" presenten "una disminución menor del 66% para el trabajo en la vida civil" (confr. arto 76, inc. 3°, apartado e, según texto ley 22.511).
27-mar-2013ALD (causa Nº 5613)Una persona que trabajaba en un supermercado como supervisora de caja sufrió malos tratos de parte de sus compañeros debido a su orientación sexual. En consecuencia, fue asignada a tareas que aumentaron su responsabilidad y excedían su función. Entonces, inició una acción civil contra el supermercado y la ART. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad del artículo 39 de la ley Nº 24.557 y condenó a la sociedad titular del supermercado y a la ART –en los términos de la póliza– al pago de una suma de dinero en concepto de reparación. En consecuencia, la parte actora y las demandadas interpusieron un recurso de apelación.
29-abr-2013SMD (causa Nº 25273)Dos personas del mismo sexo que trabajaban en el Ministerio de Salud de la Nación y se encontraban en pareja, contrajeron matrimonio. Posteriormente, se decidió no renovarles los contratos. En consecuencia promovieron una demanda por despido contra el Estado nacional por haber sido discriminados por su orientación sexual. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la demanda y condenó al pago de una suma de dinero. Ambas partes apelaron la sentencia.
21-may-2013Suárez Peralta v. EcuadorEl 1 de junio de 2000, la Comisión de Tránsito de Guayas emitió una Orden General mediante la cual se promovían servicios médicos para sus funcionarios y familiares. Melba del Carmen Suárez Peralta, esposa de un funcionario de esa institución, realizó una consulta médica con uno de los médicos indicados en la Orden General para la prestación de los servicios allí dispuestos, por padecer síntomas de dolor abdominal, vómitos y fiebre. En dicha consulta, se le diagnosticó apendicitis crónica y se le indicó que debía realizarse una intervención quirúrgica en forma urgente. Suárez Peralta fue operada el 1 de julio de 2000. Luego de la operación, la peticionaria padeció intensos dolores abdominales y vómitos. Otro médico le diagnosticó abdomen agudo posquirúrgico, por lo que fue operada por segunda vez. Además, entre los años 2006 y 2012, fue sometida a distintos procedimientos médicos relacionados con esta dolencia. Frente a ello, el 2 de agosto de 2000, su madre presentó ante el Primer Tribunal en lo Penal de Guayas una denuncia en contra del médico tratante. La investigación, iniciada el 2 de agosto del 2000, se prolongó durante cinco años. En este periodo se sucedieron constantes faltas y omisiones en la tramitación de diligencias esenciales del proceso hasta que, finalmente, el 20 de septiembre de 2005, el tribunal declaró la prescripción de la acción. En ningún momento, el Estado pudo constatar que el médico que atendió a la peticionaria hubiera realizado el trámite de aprobación de su actividad laboral ni de que hubiere obtenido el carnet ocupacional correspondiente. De la misma manera, tampoco hubo registros de licencia profesional de los médicos que la intervinieron.
2-may-2014Barreiro CAUSA N° 50.772/00En un programa televisivo en el que se hablaba de prostitución femenina se exhibió un video grabado en un local bailable. Una mujer que aparecía en el video reclamó al conductor del programa y a la productora los daños y perjuicios que le ocasionó la filmación del material sin su consentimiento. La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda. Las demandadas interpusieron un recurso de apelación contra la sentencia porque consideraron que la actora no había podido probar que no consintió aparecer en el video, ni los daños causados por la emisión del programa.
1-sep-2014Albera, Osvaldo y otro c. Gastaldi Hnos. SAIYCFIUn matrimonio que vivía en las cercanías de una planta descascaradora de maní y de acopio de trigo y maíz demandó a la empresa agroindustrial propietaria de ese establecimiento por los daños y perjuicios que sufrieron en su integridad psicofísica en razón de esa actividad. El Juzgado de Primera Instancia y Tercera Nominación en lo Civil y Comercial Río Cuarto hizo lugar parcialmente a la demanda y ordenó a la empresa a indemnizar a los actores. Asimismo, el juez ordenó la remisión de los antecedentes del caso a la Agencia Córdoba Ambiente para la confección de un informe de impacto ambiental sobre la actividad desarrollada por la demandada en la planta. En virtud de lo resuelto, tanto los actores como la demandada interpusieron recurso de apelación.
24-sep-2014Rivero José Aberto c. Municipalidad de la ciudad de Córdoba y ortos s. daños y perjuiciosEn este caso, el actor inició una demanda de daños y perjuicios contra la Municipalidad de Córdoba, el Servicio Penitenciario y la provincia de Córdoba por la muerte de su hijo en un establecimiento carcelario. El juez de primera instancia si bien rechazó la demanda contra la municipalidad, hizo lugar a la acción deducida contra el Servicio Penitenciario y la provincia de Córdoba. Esta última apeló la resolución con fundamento en que el juez se apartó de las constancias de la causa penal al considerar que el deceso del hijo del accionante fue consecuencia de la herida de arma blanca que sufrió por parte de otra persona privada de la libertad cuando, en sede penal, la conducta fue juzgada como tentativa de homicidio –por no ser autor de su muerte-. La Cámara rechazó el recurso de apelación de la demandada.
2-oct-2014Robles, Olga c. Hospital de Salud Mental Braulio Moyano s. daños y perjuiciosEn este caso, la accionante inició una demanda por daños y perjuicios contra el Hospital Moyano y contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA) por la suma de $306.000, en virtud de las quemaduras que sufrió mientras estaba internada en la institución mencionada. La parte actora relató que, desde su juventud, comenzó a presentar cuadros de depresiones y alucinaciones por lo que –desde el año 1995– se trataba en el hospital. En el año 2011, estuvo internada por un intento de suicidio. En dicha oportunidad, los médicos dejaron constancia en su historia clínica que era considerada “peligrosa para sí y para terceros” pero que, “no obstante lo antedicho fue internada en una sala común con otras pacientes y sin ningún tipo de cuidados especiales que impidan el contacto con elementos peligrosos o aptos para la autoagresión”. Durante dicha internación, la accionante prendió fuego su ropa con un encendedor que se encontraba en el lugar. Dicha situación le produjo quemaduras graves por lo que debió ser trasladada al Instituto del Quemado. El juez de grado hizo lugar a la demanda y ordenó al GCBA a pagar a la parte actora la suma de $98.000 en concepto de daños y perjuicios.
3-oct-2014Cánepa, José Domingo c. ANSESEl actor inició una demanda de daños y perjuicios contra la ANSES y el Estado nacional por el valor de veinte haberes previsionales con fundamento en el daño extrapatrimonial sufrido a raíz del incumplimiento del organismo previsional en el pago del haber reajustado –contaba con la sentencia de reajuste jubilatorio firme desde el año 1991 y la sentencia de ejecución previsional también firme desde el año 2002–. El tribunal de primera instancia rechazó la demanda. La Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario revocó la sentencia, hizo lugar a la demanda y concedió la indemnización reclamada. Contra esa decisión, la parte demandada interpuso un recurso extraordinario cuya denegación motivó la interposición de un recurso de queja. Finalmente, la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró el recurso inadmisible por aplicación del artículo 280 del CPCCN.
28-oct-2014Rodriguez, María Belén c. Google Inc. s. daños y perjuiciosEn este caso, la accionante inició una demanda de años y perjuicios contra Google Inc. –después ampliada contra Yahoo de Argentina SRL– en la que sostenía que se había procedido al uso comercial y no autorizado de su imagen y que, además, se habían avasallado sus derechos personalísimos al haberla vinculado a determinadas páginas de internet de contenido erótico y/o pornográfico. Pidió también el cese de dicho uso y la eliminación de las vinculaciones. La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda y consideró que las demandadas habían incurrido en negligencia culpable por no bloquear los contenidos. En consecuencia, condenó a Google a pagar $100.000 y a Yahoo $20.000 y dispuso la eliminación definitiva de las vinculaciones del nombre, imagen y fotografías de la actora con sitios y actividades de contenido sexual, erótico y/o pornográfico. Apelado el fallo de grado por todas las partes, la Sala A de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil lo revocó parcialmente. La sentencia de segunda instancia encuadró el reclamo en el ámbito de la responsabilidad subjetiva; rechazó la demanda contra Yahoo y la admitió contra Google; redujo –en el último caso– la indemnización a la suma de $50.000; y dejó sin efecto la orden de eliminación de las vinculaciones. Ambas partes interpusieron recursos extraordinarios. Finalmente, la Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó la sentencia apelada y rechazó la demanda en todas sus partes.
5-nov-2014LVD. y otros c. Polymplant Prothese y otros s daños y perjuiciosEn este caso, la sala revocó la sentencia que desestimó una demanda colectiva tendiente a reclamar por los daños y perjuicios derivados de prótesis mamarias defectuosas y, en consecuencia, ordenó al juez de grado realizar un desarrollo razonable del análisis de los elementos que permitan determinar si la litigación colectiva individual homogénea resulta procedente. Para así decidir, los jueces de la sala B citaron los precedentes de la Corte Suprema de Justicia, “Halabi” y “Municipalidad Berazategui”, entre otros. Asimismo, entre sus argumentos, la cámara sostuvo que “…para poder llegar válidamente a la conclusión establecida por el a quo, o a cualquier otra, debe ponderarse si existe un grupo cuya actuación conjunta es impracticable bajo la figura del litisconsorcio, si se verifican cuestiones de derecho o de hecho comunes a la clase, si las pretensiones o defensas de los representantes concuerdan con los intereses del grupo representado, si estas se enfocan en la incidencia colectiva del derecho, si el legitimado extraordinario reúne la condición de representante adecuado del conjunto y está en condiciones de proteger sus intereses vigorosamente -evaluación que comprende a sus abogados- y si el uso de la vía colectiva se encuentra justificado o debería preferirse el ejercicio de las acciones individuales. En caso de que se llegase a una conclusión afirmativa, además, debería establecerse la modalidad de notificación hacia los miembros de la clase y el tiempo en que aquellos podrán ejercer el derecho de exclusión”. Además, el tribunal sostuvo que “…la etapa constitutiva del pleito individual homogéneo autoriza a requerir información o pruebas para determinar las circunstancias anotadas y que, lógicamente, debe hacerse con la intervención de los futuros demandados […] Es fácil advertir que, de considerar que no se encontraban reunidos dichos presupuestos, además de indicar cuál o cuáles eran los deficitarios, era esperable inquirir por qué aquellos no podían ser subsanados -si es que era posible- o indicar por qué era inviable lograrlo para no habilitar la apertura del proceso. En este estado de la causa no puede todavía llegarse a una conclusión válida en uno u otro sentido, menos aún -si la improcedencia no es manifiesta- sin la intervención de la parte contraria”.
4-feb-2015Laguzzi c. De PetraLa sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda de daños y perjuicios interpuesta por el accionante contra un vecino que lo había golpeado en diversas partes del cuerpo, ocasionándole lesiones de carácter leve, tras una discusión ocurrida en la entrada del domicilio del damnificado. El demandado reconoció su participación en los hechos dando una versión distinta a la expuesta por el actor. Asimismo, como consecuencia de los hechos descriptos, tramitó una causa penal en la que se le concedió al demandado la suspensión del juicio a prueba. Cumplidas las reglas de conducta impuestas en la causa, el imputado fue sobreseído.
4-feb-2015Bifano, Romina c. Obra social de petrolerosEn este caso, los actores reclamaron los daños y perjuicios por mala praxis contra una obra social, una compañía aseguradora, la clínica en la que fue atendida y el médico. Ello con base en la negligencia en la que incurrió el galeno que le realizó una cesárea programada en la que la paciente tuvo una hemorragia interna y debió ser intervenida quirúrgicamente de nuevo. Es así que se le realizó una histerectomía y, debido a ello, perdió por completo su capacidad reproductiva. El juez de grado hizo lugar a la demanda. Todas las partes apelaron la resolución.
23-feb-2015Benítez Andrés c. Eriday UTE (dictamen PGN)El actor inició una demanda a fin de obtener una indemnización sustentada en lo dispuesto por los artículos 512, 1.109 Y 1.113 del Código Civil -conforme la opción establecida en el artículo 16 de la ley 24.028- con motivo del accidente de trabajo sufrido mientras prestaba servicios en la obra de Yaciretá. La Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes confirmó la sentencia del juez de grado que decidió rechazar la demanda, por cuanto, si bien el accidente había ocurrido, la causa del daño se encontraba en el factor humano, circunstancia que consideró reconocida por la víctima en la audiencia de absolución de posiciones.
5-mar-2015Fenestraz, Francisco c. ANSESEl actor demandó a la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) para obtener una indemnización integral por los daños y perjuicios padecidos por la suspensión ilegítima en el cobro de una pensión por invalidez cuya restitución debió ser reclamada judicialmente. La jueza de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda de daños y perjuicios a partir del reconocimiento judicial de la ilegitimidad de la conducta administrativa. Sin embargo, desestimó los reclamos por daños derivados de la enfermedad esofágica y gástrica y psicológico por falta de prueba y ordenó a la demandada que abonara al actor únicamente una suma en concepto de daño moral por los sufrimientos que le causó la suspensión ilegítima del beneficio jubilatorio. Ambas partes apelaron la decisión.
14-abr-2015Barrios Zarza c. PEUna persona fue imputada por el delito de homicidio simple y se decretó su prisión preventiva. Sin perjuicio de ello, después de la celebración del juicio oral fue absuelta. En virtud de ello, se inició una demanda por daños y perjuicios contra el Estado provincial con fundamento en que fue privado de su libertad injustamente por el plazo de tres años. El juez de primera instancia rechazó la demanda. Contra dicha decisión, la parte actora interpuso recurso de apelación.
20-abr-2015FP, G C c. Fullrapid S.A. y otrosLa actora inició una acción de daños y perjuicios contra su empleador, tras ser despedida sin causa luego de contraer cáncer. Asimismo, solicitó el dictado de una medida cautelar a fin de que el empleador continúe abonando la cobertura de la obra social durante el tratamiento de la enfermedad.